Cualquier autónomo, empresa o profesional que quiera poner en marcha un negocio, previamente debe llevar a cabo una serie de trámites que le permitan ejercer la actividad empresarial dentro de la legalidad.
Lo primero es dar de alta la empresa en Hacienda, a través de la presentación del modelo 036 o 037, en función de la actividad empresarial que se vaya a llevar a cabo.
El modelo 036 es un documento que incluye los datos censales de una nueva empresa, como la forma de tributación, la actividad económica, los datos de sus tributaciones, información relacionada con socios o administradores, etc. Por otro lado, el modelo 037 hace referencia a un modelo simplificado del 036, y sirve para presentar a la Agencia Tributaria el alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, las posibles modificaciones que se hayan llevado a cabo.
Hasta aquí todo claro, pero, ¿en qué casos hay que presentar el modelo 036 o 037? Te vamos a contar las principales diferencias entre ellos, y cuándo hay que presentar cada uno.
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Antes de nada, ¿qué es la declaración censal?
A través de la declaración censal, se comunica a la Agencia Tributaria los datos relativos a una empresa que comienza su actividad (nombre, NIF, domicilio fiscal y obligaciones fiscales). Una declaración que se puede realizar a través de la presentación de los modelos 036 o 037.
Modelo 036
El modelo 036 es un informe que sirve para realizar la declaración de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores en régimen ordinario o general. Además, también se puede utilizar para solicitar la asignación del número de identificación fiscal provisional o definitivo, por lo que no tiene un uso exclusivo para comunicar un alta.
Es el más utilizado por trabajadores autónomos y empresas, y destaca por ser el modelo estándar para darse en alta en la Agencia Tributaria.
Al asignar un número de identificación fiscal a una empresa, se determinará su inclusión de manera automática en el Censo de Obligados Tributarios.
Será en los siguientes casos cuando habrá que presentar el modelo 036:
- Empresas o profesionales por cuenta propia que vayan a iniciar una actividad empresarial en España.
- Empresas o profesionales que reciban servicios de empresarios o profesionales que no estén establecidos en el territorio de aplicación del IVA, excluyendo Ceuta, Melilla y Canarias.
- Abonar rentas con IRPF.
- Entregar o recibir bienes sujetos al IVA.
- Empresas o profesionales que ofrezcan servicios fuera del territorio de aplicación del IVA.
- Trabajadores que no residan en España permanentemente, o paguen rentas sujetas a IRPF.
- Socios, herederos o partícipes de entidades en régimen de atribución de rentas que tengan obligaciones tributarias.
Modelo 037
El modelo 037 es un informe simplificado de la declaración censal, por lo que podríamos decir que es un resumen de la información que se presenta en el modelo 036, ya que ofrece menos opciones para escoger, y un mayor número de limitaciones.
Para poder presentar el modelo 037 hay que cumplir con las siguientes condiciones:
- Tengan su propio número de identificación fiscal (NIF).
- No actúen a través de un representante.
- Domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa.
- No sean grandes empresas.
- No estén incluidos en los regímenes especiales del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
- No estén inscritos en el registro de operadores intracomunitarios o devolución mensual del IVA.
- No realicen ninguna de las adquisiciones intracomunitarias de bienes no sujetas al IVA.
- No realicen ventas a distancia.
- No actúen como sujetos pasivos de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.
- No satisfagan rendimientos de capital inmobiliario.
Principales diferencias entre el modelo 036 y 037
Si hablamos de las principales diferencias entre el modelo 036 y 037, lo primero que hay que destacar es que mientras el modelo 036 incluye todas las variedades y actividades que pueda precisar un trabajador autónomo o empresa, el modelo 037 es un resumen de la información presentada en el 036, por lo que no sirve para todos los casos.
Esto significa que, si una actividad se limita a ofrecer servicios dentro de España, sin estar sometida a ningún régimen ni impuesto especial, se podrá presentar únicamente el modelo 037.
Si por el contrario se llevan a cabo operaciones internacionales, de venta online, o se pretende constituir una gran empresa, habrá que presentar el modelo 036.
En cualquier caso, ambos modelos sirven para notificar modificaciones a la Agencia Tributaria que afecten a cualquier dato identificativo, como puede ser el domicilio fiscal, y también para notificar la baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
Conclusión
Si te vas a dar de alta como trabajador autónomo o vas a iniciar una actividad comercial, deberás presentar el modelo 036 o 037, en función de cada caso. Si te queda alguna duda al respecto, puedes consultar a nuestros asesores fiscales profesionales, que te ofrecerán toda la información que necesitas saber.
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