El trabajador es un importante activo para la empresa, pero también una fuente de gastos, ya que, además de abonar su salario, debe pagar mensualmente las correspondientes cuotas a la Seguridad Social, siendo las cargas salariales muy altas y esto provoca tomar decisiones no acertadas.
Trabajar sin firmar contrato es un delito en España
Trabajar sin formalizar un contrato laboral es un delito en España y, desgraciadamente, se está volviendo una situación cada vez más habitual en los últimos años, debido a las dificultades económicas que están atravesando miles de empresas en nuestro país.
Así está recogido en el artículo 311 del Código Penal y en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que establece que “son infracciones laborales las acciones u omisiones de los empresarios contrarias a las normas legales, reglamentarias y cláusulas normativas de los convenios colectivos en materia de relaciones laborales, tanto individuales como colectivas”.
El problema es que la mayoría de estas empresas no son conscientes de las consecuencias de trabajar sin contrato, o simplemente creen que no van a tener la mala suerte de recibir una inspección de trabajo, estando plenamente convencidos de que no les va a pasar nada.
Asimismo, también son muchos los trabajadores que solicitan trabajar sin contrato por diferentes cuestiones, creyendo que la responsabilidad recae sobre la empresa. Lo que no saben es que también hay consecuencias para el trabajador al trabajar sin contrato laboral.
En ambos casos, la multa por trabajar sin contrato no es precisamente desdeñable, y los casos más graves incluso estarían penados con hasta 3 años de prisión. Por tanto, el ahorro sale caro.
Por esta razón, en AYCE repasamos las principales consecuencias y sanciones de trabajar sin contrato, tanto para la empresa como para el trabajador. De modo que si tienes algún trabajador sin contrato o habías valorado esta posibilidad, presta atención y toma nota.
Consecuencias para la empresa de trabajar sin contrato
El empresario / autónomo que contrate a un trabajador sin el correspondiente contrato de trabajo, podrá enfrentarse a una multa por trabajar sin contrato de 3.126 a 10.000 euros.
Al tener trabajadores sin contrato se está vulnerando el derecho del trabajador a estar dado de alta y cotizando en la Seguridad Social, lo que implica la comisión de una falta grave que se sanciona con una multa de entre 3.126 y 10.000 €.
Y la sanción por trabajar sin contrato no acaba aquí, sino que, además, el empresario deberá abonar todas las cuotas impagadas a la Seguridad Social por el tiempo que el empleado ha estado sin contrato más recargos correspondientes.
A esto hay que sumarle que la empresa perdería todas aquellas ayudas públicas que tenga concedidas, así como la posibilidad de acceder a bonificaciones hasta que no hayan pasado dos años desde que se cometió la infracción.
Consecuencias para el trabajador de trabajar sin contrato
Centrándonos en las consecuencias para el trabajador de trabajar sin contrato, la primera y más importante es que no estará dado de alta en la Seguridad Social, con todo lo que ello implica.
Consecuencias de no estar dado de alta en la Seguridad Social para el trabajador:
- El tiempo trabajado no computará a efectos de cotización, lo que en el futuro afectará tanto a su prestación por desempleo, como a su pensión de jubilación.
- En el caso de un despido improcedente, el trabajador no tiene derecho a ningún tipo de indemnización. Además, se verá desprotegido en caso de que el empresario deje de abonar el salario pactado, puesto que en este caso, antes de reclamar lo que se le debe, deberá iniciar acciones para que se reconozca que existía una relación laboral.
- Una de las consecuencias más graves de trabajar sin contrato es que, en caso de accidente laboral o enfermedad profesional, el empleado no podrá percibir la indemnización que le corresponde. Además, el empresario no estará obligado a hacerse cargo de su salario durante los días de baja. Es decir, no recibirá compensación alguna por el daño sufrido, y además dejará de percibir su salario.
Y, en el caso de trabajar sin contrato y cobrando la prestación por desempleo, el trabajador debería devolver todas las cantidades percibidas, además de perder el derecho a futuras prestaciones y ser sancionado con una multa por trabajar sin contrato.
Si necesitas ayuda te invitamos a conocer nuestro servicio de asesoría laboral.
Hola, en caso de inspección, ¿podrían sancionar a mi padre por trabajar en su panadería los fines de semana sin estar contratado?
Buenas tardes,
Muchas gracias por tu comentario.
Respecto a la consulta que nos planteas, efectivamente. Cuando una persona trabaja sin contrato se enfrenta a sanciones, tanto para él/ella como la empresa que lo tiene trabajando sin dar de alta en la Seguridad Social. Trabajar sin contrato implica, no solo no cotizar lo correspondiente de cara a posibles prestaciones futuras (paro, jubilación,..etc); si no que además se pierden todos los derechos que se tienen como trabajador.
Nuestra recomendación es que regularices esta situación cuanto antes, con un contrato de unas horas (10 o 20 por ejemplo) y así evitaréis sorpresas ambos.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo
Buenos días,
Yo llevo 1 mes trabajando sin contrato y sin que me den el alta a la seguridad social.
Cuando hice la entrevista, se me dijo que el contrato iba a ser de media jornada cuando estoy haciendo 46h semanales.
Voy a cobrar 750€ + incentivos en cheque nominativo (es decir que no me lo ingresan en la cuenta). Me imagino que parte de la nomina será en B porque como mi contrato es de media jornada.
¿Todo esto es legal?
Le agradeceria que me contestarán porque tengo la duda.
Muchas gracias y un saludo,
Natalia
Buenas tardes Natalia,
Muchas gracias por tu comentario.
Para el caso que nos expones, y como ya explicamos en el artículo, existen una serie de consecuencias por trabajar sin contrato tanto para el empleado, como para la empresa.
Nuestra recomendación, es que recopiles toda la documentación que pueda acreditar que existe una relación laboral entre tu empresa y tú, y que acudas a denunciarlo. Bien por vía judicial (a través de un despacho de abogados laboralista) o a través de sindicatos.
En cualquier caso, te aconsejamos que actuando primero de buena fe, acudas a tu empresa para solicitar el contrato y les comentes lo que nos dices. Puesto que ahora mismo, sin contrato laboral, estás completamente «desprotegida».
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo
Pueden hacerle al empresario de pagar la multa que le ponga al trabajador por estar cobrando la ayuda? Y trabajar sin contrato
Buenas tardes Fátima,
Muchas gracias por tu comentario.
No entendemos muy bien la consulta que nos planteas, pero cuando una persona está trabajando sin contrato, efectivamente; tanto empresa como trabajador, pueden enfrentarse a sanciones.
Sentimos no poder darte más información al respecto.
Un saludo
Ola buenas noches yo e estado en una churrería asta hoy que ya no aguantaba más y mi hermano se quemó con agua hirviendo y no fueron capaces de llevarle a urgencias se las e curado yo su hermana xk no podíamos perder días x que si nos echava y nos prometió contrato y no lo tenemos y incluso nos trataba mal y con malos modales nos tiramos 10horas trabajando y 35€ al día y nosotros íbamos malos a trabajar x que no nos despieran y Emos aguantando mucho xque nos ace falta el dinero lo pintaba todo muy bonito y alfinal a sido todo lo contrario espero que esto le sirva que siempre ayga un contrato por medio porque yo no sé qué puedo hacer en mi situación
Buenas tardes Cristina,
Muchas gracias por tu comentario.
Respecto a la consulta que nos planteas, existen una serie de consecuencias para trabajador y para empresario, cuando no se tiene contrato de trabajo.
Ante la situación que nos describes, te recomendamos que recopiles toda la información y documentación posible para demostrar que ha existido una relación laboral entre la empresa y tú (cheques, recibos del banco, mensajes -incluso de whatsapp-,…) y que acudas a denunciarlo. Bien por la vía judicial (a través de un despacho de abogados laboralista) o a través de sindicatos.
Esperamos haberte ayudado.
Un cordial saludo