Calendario Fiscal 2023
Consulta el Calendario Fiscal de 2023
Como cada año, ponemos a vuestra disposición el calendario del contribuyente 2023. Este se irá actualizando con las indicaciones de la Agencia Tributaria, sobre todo en lo referente a la campaña de Renta. El calendario fiscal es la agrupación cronológica de todas las obligaciones tributarias y fiscales por parte del contribuyente y son parte fundamental de la organización del departamento contable y fiscal de cualquier empresa o asesoría. Junto con el calendario laboral del 2023, suponen el punto de inicio de la organización del año.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado que entró en vigor el pasado 1 de enero, recoge una serie de novedades fiscales y laborales que puede encontrar en nuestro blog.
Calendario fiscal para empresas y autónomos 2023
Plazos de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria.
El plazo de presentación de autoliquidaciones con domiciliación bancaria va a depender del fin del plazo de presentación de cada modelo. Así, si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación bancaria se ampliará con carácter general el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración. A continuación, se indican los plazos generales y de domiciliación bancaria para cada modelo, correspondientes al año 2022
MODELO | PLAZO DOMICILIACIÓN BANCARIA AÑO 2022 | VENCIMIENTO PLAZO DE PRESENTACIÓN AÑO 2022 |
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Modelos 100, 151 y 714 | hasta 27 de junio | hasta 30 de junio |
Modelo 102 | hasta 22 de septiembre (para contribuyentes que hayan domiciliado el primer plazo) | |
Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128 y 216 (obligación trimestral) | 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre | 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre |
Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230 y 430 (obligación mensual) | 1 al 15 de cada mes para todos los meses excepto:
El mes de julio del modelo 430, hasta el 15 de septiembre |
1 al 20 de cada mes para todos los meses excepto:
El mes de julio del modelo 430, hasta el 20 de septiembre |
Modelos 130 y 131 (obligación trimestral) | 1 al 26 de enero y del 1 al 15 de abril, julio y octubre | 1 al 31 de enero y del 1 al 20 de abril, julio y octubre |
Modelo 136 (obligación trimestral): | 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre | 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre |
Modelos 200, 206, 220 y 221 | 1 al 20 de julio (períodos impositivos que coincidan con el año natural) | 1 al 25 de julio (períodos impositivos que coincidan con el año natural) |
Modelos 202-0A y 222-0A (País Vasco)
Modelos 202-2P y 222-2P (Navarra) |
1 al 20 de octubre
1 al 17 de octubre |
1 al 25 de octubre
1 al 20 de octubre |
Modelos 202 y 222 | 1 al 15 de abril, octubre y diciembre | 1 al 20 de abril, octubre y diciembre |
Modelo 210 (excepto ganancias derivadas de transmisiones de inmuebles) | 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre
Rentas imputadas de inmuebles urbanos: 1 de enero al 25 de diciembre |
1 al 20 de enero, abril, julio y octubre
Rentas imputadas de inmuebles urbanos: año natural siguiente al devengo. En 2022 hasta el 2 de enero de 2023 |
Modelo 213 | 1 al 25 de enero | 1 al 31 de enero |
Modelos 303 y 353 (obligación mensual): | 1 al 25 de cada mes, para todos los meses excepto:
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1 al 30 de cada mes, para todos los meses excepto:
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Modelo 303 (obligación trimestral): | 1 al 26 de enero y del 1 al 15 de abril, julio y octubre | 1 al 31 de enero y del 1 al 20 de abril, julio y octubre |
Modelos 410 y 411 | 1 al 27 de julio | 1 de julio al 1 de agosto |
Modelo 490 (obligación trimestral): |
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Modelo 560 | Obligación mensual:1 al 15 de cada mes para todos los meses excepto:
Obligación trimestral: 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre Obligación anual: 1 al 15 de abril |
Obligación mensual: 1 al 20 de cada mes para todos los meses excepto:
Obligación trimestral: 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre Obligación anual: 1 al 20 de abril |
Modelos 561, 562 y 563 | Obligación mensual: 1 al 15 del tercer mes siguiente al que finaliza el mes, excepto:
Obligación trimestral: 1 al 15 del segundo mes siguiente al que finaliza el trimestre, excepto:
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Obligación mensual: 1 al 20 del tercer mes siguiente al que finaliza el mes, excepto:
Obligación trimestral: 1 al 20 del segundo mes siguiente al que finaliza el trimestre, excepto:
|
Modelos 566 y 581 (obligación mensual): | 1 al 15 de cada mes para todos los meses, excepto:
Octubre 1 al 16 de noviembre |
1 al 20 de cada mes para todos los meses, excepto:
Octubre 1 al 21 de noviembre |
Modelo 583 | Obligación trimestral:
Obligación anual:1 al 25 de noviembre |
Obligación trimestral:
Obligación anual: 1 al 30 de noviembre |
Modelo 587 | 1 al 15 de enero, mayo y septiembre | 1 al 20 de enero, mayo y septiembre |
Modelo 588 | 1 al 25 de noviembre | 1 al 30 de noviembre |
Modelo 589 | Pago fraccionado: 1 al 15 de octubre
Autoliquidación anual: 1 al 15 de abril |
Pago fraccionado: 1 al 20 de octubre
Autoliquidación anual: 1 al 20 de abril |
Modelo 595 (obligación trimestral): | 1 al 15 de enero, abril, julio y octubre | 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre |
Cumple tus obligaciones tributarias con AYCE LABORYTAX
Como ves en el calendario fiscal está compuesto por obligaciones tributarias y fiscales que el contribuyente debe cumplir a lo largo del año, y es importante tener en cuenta todas las fechas de presentación para cada declaración, ya que un retraso conlleva una sanción económica por parte de la AEAT.
En AYCE LABORYTAX ponemos a tu disposición un amplio equipo de asesores fiscales profesionales para ayudarte a cumplir con todas tus obligaciones con Hacienda, reducir riesgos y ahorrar tiempo en la gestión de tu negocio.
Te ofreceremos un completo asesoramiento en materia fiscal, te aconsejaremos y buscaremos las mejores soluciones para ahorrar en impuestos, nos encargaremos de presentar todas las declaraciones y liquidaciones, y te representaremos ante una posible inspección fiscal.
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