En este artículo nos detenemos a hablar en profundidad de la sociedad civil, explicando en qué consiste, sus características, ventajas y cuál es el proceso para constituirla.

Sigue atento a este post porque te informamos de todos los detalles.

¿Qué es una sociedad civil? Definición

Una sociedad civil es un contrato de carácter privado y colaborativo entre dos o más personas que, en conjunto, quieren realizar una actividad económica y con ánimo de lucro.

Dentro de esta Sociedad existen dos opciones válidas:

  • Aportar trabajo, lo que se conoce como «socio industrial»;
  • Aportar bienes o dinero, lo que convierte a las personas en «socios capitalistas».

Parecidas en su constitución a las Comunidades de Bienes ya tratadas en nuestro blog, es la mejor opción para pequeñas empresas o negocios que apenas cuenten con inversiones y en los que se puede optar por realizar una gestión sencilla.

No obstante, en este tipo de sociedades que cuentan con patrimonios colectivos, la constitución se realiza con el único fin de obtener beneficios. Eso sí, aportando cada socio los diferentes bienes, el desempeño o el capital necesario.

Constitución de una sociedad civil

El primer paso para constituir una sociedad civil es firmar un contrato, privado, de constitución entre las partes.

Los trámites a realizar desde este momento son los siguientes:

Características de una sociedad civil

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En este contrato, en el que las aportaciones serán en metálico o en especie, deben especificarse los porcentajes de participación, el sistema de administración o representación y, en su defecto, las causas para la liquidación y disolución del negocio.

¿Qué requisitos debe respetar el contrato de una sociedad civil?

  • Debe contar con un mínimo de dos socios.
  • En cuanto a la responsabilidad de los asociados frente a posibles deudas, se establece una responsabilidad ilimitada y personal. Es decir, una vez que se liquida el patrimonio, si no se cubren las deudas, se responde en porcentaje de participación.
  • Esta sociedad tributa a través del Impuesto de Sociedades, llevando una contabilidad de empresa de sociedad limitada y presentando sus libros o cuentas en el Registro Mercantil.
  • Su Régimen en la Seguridad Social es el de autónomos, salvo excepciones. Mantienen el derecho a beneficiarse de la nueva tarifa plana de 50 € para nuevos autónomos.
  • No tiene personalidad jurídica propia.
  • La sociedad civil está regida por el Código de Comercio en la materia y por el Civil en derechos y obligaciones.
  • Un socio debe responder a las deudas contraídas en la forma que se recoge en el contrato, respondiendo a daños y perjuicios causados. Es decir, la sociedad responde frente a sus socios por las cantidades que se hayan aportado y por las obligaciones contraídas.
  • Este tipo de sociedad admite diferentes administradores o representantes.
  • La sociedad puede extinguirse si cumple la duración que se estipula en contrato, finalizando su objeto o actividad cuando las aportaciones a la misma se incumplen por insolvencia, incapacidad, embargo o mortis causa.

Desempeño de funciones de una sociedad civil

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En la Administración de esta Sociedad, se puede encomendar su administración a un socio, que actuará como administrador único, administradores solidarios o mancomunados. 

Se debe tener en cuenta que al inicio de constituir la empresa, el poder para administrar una compañía es irrevocable sin una causa legítima.

Si, por el contrario, dos o más socios tienen el poder de dirigir la sociedad, pueden actuar de las siguientes dos formas:

  • Determinando las funciones entre todos para que los actos sean válidos, actuando en consentimiento.
  • Sin determinar las funciones de ellos ni estableciendo el consentimiento para que los actos puedan ser válidos.

Ventajas en una sociedad civil

Entre sus rasgos más positivos destacan los que siguen:

  • La constitución de una sociedad civil suele ser más fácil y menos costosa que otras sociedades, sin ser necesaria la escritura pública ante un notario ni ser necesarias las inscripciones. Tampoco se precisa un capital mínimo inicial.
  • Permite disfrutar de la tarifa plana para nuevos autónomos, además de la cuota mínima, accediendo a capitalizar por desempleo.
  • Flexible a colaboraciones entre profesionales, especialmente si la inversión es pequeña.

¿Y qué sucede con la fiscalidad de la sociedad civil?

La sociedad civil puede emitir facturas a su nombre, contando con obligaciones fiscales únicas.

  • Este tipo de sociedad debe recaudar el IVA, con las liquidaciones trimestrales.
  • El IAE debe recaer sobre la empresa, salvo que la facturación sea inferior al millón de euros.
  • La empresa está obligada a ingresar las retenciones por IRPF.
  • Las sociedades con objetivo mercantil deben tributar en el Impuesto de Sociedades.

Conclusión

En definitiva, una sociedad civil tiene grandes ventajas. Conocer sus características y trámites antes de constituirla resulta necesario para estar familiarizado con sus funciones, derechos u obligaciones.

Recuerda que los asesores de AYCE Laborytax están a tu lado para ayudarte en todos los pasos. Llámanos o ven a nuestras oficinas y resolveremos tus consultas.