rentas exentas de IRPF

Una vez nos encontramos metidos de lleno en plena campaña de declaración de la renta, donde debemos incluir todos los ingresos que hemos recibido a lo largo del ejercicio, y pagar el correspondiente IRPF, desde AYCE Laborytax hemos querido hacer un repaso a aquellas rentas exentas de tributar en el IRPF 2018.

Existen ciertas rentas que aunque están obligadas a declararse, no se debe pagar nada por ellas. Se les conoce como rentas exentas, y merece la pena conocerlas.

¿Qué rentas están exentas de IRPF?

Cuando hablamos de rentas exentas de IRPF, nos estamos refiriendo a una serie de ingresos sobre los que no existe ningún tipo de obligación tributaria, lo que significa que no hay que pagar IRPF por ellos.

La gran mayoría de rentas exentas, que son determinadas por el Gobierno y por la Agencia Tributaria, en la declaración de la Renta están recogidas en el artículo 7 de la ley de IRPF. También hay que decir que en ciertos casos es la propia justicia la que impone que una renta esté exenta, como ocurre con las rentas obtenidas de la prestación por maternidad.

Baja por maternidad y paternidad

Baja por maternidad y paternidad

Desde el pasado octubre de 2018, las prestaciones obtenidas por baja de maternidad y/o paternidad están exentas de IRPF, equiparándose así a otras ayudas públicas que quedaban exentas de IRPF por ley, como es el caso de las ayudas por nacimiento, adopción, acogimiento, etc.

Asimismo, Hacienda también procederá a la devolución del IRPF abonado a los más de 1,2 millones de contribuyentes desde 2014, siempre y cuando se realice la correspondiente reclamación para obtener dicha devolución.

Indemnización por despido

Desde el 1 de agosto del año 2015, los primeros 180.000 euros recibidos en concepto de indemnización por despido también quedarían exentos de IRPF al realizar la declaración de la renta. Por el contrario, cuando la indemnización obtenida supere esta cantidad, sí que tributaría como rendimiento del trabajo de la Renta.

Respecto a los ERE, la exención de IRPF de los primeros 180.000 euros únicamente se aplica a aquellos expedientes que se iniciasen a partir de agosto de 2015.

Capitalización del paro

La prestación recibida por desempleo bajo la modalidad de pago único queda libre de tributar en la Renta, lo que significa que no deberás pagar nada por el dinero obtenido en el paro, si lo utilizas en su totalidad para emprender en un nuevo negocio o montar una empresa.

Becas públicas

Becas públicas

Aquellas becas públicas concebidas por el Estado, así como por determinadas fundaciones u ONGs, para becarios y personal de investigación en formación, también estarán exentas del pago de IRPF. Eso sí, dicha exención estará limitada en función del tipo de estudios que se realice.

Por el contrario, los contratos en prácticas no estarán exentos de IRPF, teniendo que incluirlos al realizar la declaración de la Renta.

Indemnización por accidente

Cuando se reciba una indemnización de seguros por accidente, tampoco tributará en el IRPF, aunque únicamente por la cuantía establecida legalmente, o la que haya sido marcada tras una sentencia judicial.

En la declaración de la Renta tampoco habrá que incluir los ingresos recibidos por daños personales, provocados por el funcionamiento de servicios públicos.

Premios de loterías y apuestas del Estado

Premios de loterías y apuestas del Estado

Aunque no estarán exentos al 100%, un parte de los premios obtenidos a través de las loterías y apuestas del Estado sí quedará libre de tributar; concretamente, los primeros 10.000 euros. Una cantidad que aumentará a 20.000 euros en la Renta de 2019.

Pensiones y prestaciones por invalidez absoluta o gran invalidez

Las prestaciones recibidas por invalidez absoluta o gran invalidez también estarán exentas de IRPF. Aquí se incluyen también las prestaciones recibidas por los trabajadores autónomos, a través de las Mutualidades de Previsión Social.

El límite de esta exención estará marcado por el importe de la prestación máxima reconocida por la Seguridad Social.

Prestaciones por entierro o sepelio

Las prestaciones por entierro o sepelio, pagadas habitualmente por las compañías de seguros, tampoco deberán incluirse en la declaración de la Renta, tal y como establece el artículo 7 de la ley de IRPF.

Pensión de alimentos a favor de los hijos

Las pensiones de alimentos para los hijos están exentas de tributar por IRPF, siempre y cuando exista una sentencia que lo avale, y fije la cantidad correspondiente.

Si se tratase de un acuerdo no certificado ante el juez, sí que habrá que tributar por ese dinero, como rendimiento de trabajo.

Trabajos realizados en el extranjero

Trabajos realizados en el extranjero

 

Los primeros 60.100 euros percibidos por trabajos realizados en el extranjero, también tendrán exención fiscal. Para ello será requisito indispensable trabajar para una empresa extranjera, haberlo hecho también fuera del territorio español, así como que en el país en el que se haya trabajado disponga de un impuesto similar al IRPF.

Dietas y kilometraje

En la declaración de la Renta tampoco se incluirán las dietas ni el kilometraje que realicemos.

 

Conclusión

Estas son las principales rentas exentas de tributar en el IRPF 2018, y que no deberás incluir al realizar la declaración de la Renta.

Si tienes cualquier duda al respecto, te invitamos a contactar con nuestros asesores fiscales, para que puedan ofrecerte toda la información que necesitas.