Una vez confirmado por parte del Tribunal Supremo que las prestaciones por maternidad de la Seguridad Social quedan exentas del IRPF, Hacienda deberá devolver el IRPF abonado por los 1,2 millones de contribuyentes desde el año 2014, siempre y cuando realicen la correspondiente reclamación.
Conscientes de esta situación, desde AYCE Laborytax hemos querido realizar un post a modo guía, en el que explicaremos cómo realizar la reclamación para obtener la devolución del IRPF de la prestación por maternidad, con el objetivo de aclarar todas las dudas que puedan surgir al respecto a la hora de llevar a cabo el proceso.
¿Qué pasos hay que realizar para recuperar el IRPF de la prestación por maternidad?
Para obtener la devolución del IRPF pagado por la prestación por maternidad desde 2014, hay que solicitar a Hacienda la modificación de la declaración presentada en su momento, mediante un formulario que la AEAT va a habilitar en su sede electrónica.
En el formulario habrá que indicar los años en los que ha sido recibida esta prestación, así como un número de cuenta bancaria para abonar la devolución.
Cuando se haya presentado la reclamación, la Agencia Tributaria deberá asegurarse de que la reclamación es procedente, que los años que se indican son correctos y que la prestación fue tributada.
Una vez rellenado y presentado el formulario, Hacienda remitirá una liquidación para la aceptación de la contribuyente. Éste método siempre será más rápido que si se opta por presentar una autoliquidaciñon de la Renta.
Próximamente se habilitará un nuevo canal con el objetivo de agilizar y reducir los tiempos para obtener dicha devolución.
¿Qué información hay que incluir en el formulario de reclamación?
A continuación, te mostramos la información a incluir al rellenar el borrador del formulario para la reclamación del IRPF de la prestación por maternidad:
- Interesado: Se incluirán los datos identificativos de la persona que ha recibido la prestación por maternidad y que solicita la rectificación.
- Representante: Este campo únicamente habrá que rellenarlo en aquellos casos en los que el interesado actúe a través de un representante.
- Datos adicionales: Aquí se deberán indicar los años en los que se ha recibido la prestación.
- Datos de la devolución: Se facilitará el IBAN de una cuenta bancaria en la que se procederá a devolver el IRPF.
- Motivo de la presentación: Se podrá incluir documentación de manera voluntaria.
- Fecha y firma: Habrá que indicar tanto el lugar como la fecha en la que se rellena el formulario, firmando el documento la persona encargada de presentar la solicitud.
¿Desde qué año se puede solicitar la devolución del IRPF de la prestación por maternidad?
Únicamente se podrá solicitar la devolución de aquellas prestaciones declaradas en las Rentas desde 2014 a 2017.
En caso de que la maternidad tuviera lugar a finales del año 2013, y se recibiese la correspondiente prestación tanto en 2013 como en 2014, se podría solicitar la parte proporcional abonada durante 2014, pero no la de 2013.
¿Y qué ocurre con las prestaciones cobradas en 2018?
En caso de que el bebé haya nacido en 2018, podrás solicitar la devolución en la próxima campaña de la Renta.
La Agencia Tributaria ya ha informado de que en la Renta de 2018 incorporará un apartado en el que aparecerán estas prestaciones como exentas de IRPF, así como gastos deducibles.
¿Cuál es el plazo para realizar la reclamación?
La reclamación podrá realizarse, siempre y cuando no hayan pasado más de cuatro años desde el día de finalización del plazo de presentación de la declaración reclamada.
Dicho esto, para reclamar la devolución del IRPF abonado en 2014, tienes de plazo hasta el 30 de junio de 2019.
¿Qué cantidad se puede recuperar?
Habría que estudiar cada caso de manera individual.
¿Esta medida también afecta a la paternidad?
No. La sentencia especifica que el módulo afecta solo a la maternidad.
En cualquier caso, mientras que desde 2014 han sido 1,21 millones de mujeres las que se han beneficiado de esta prestación, la cifra en el caso de los hombres se reduce hasta 23 300 aproximadamente.
En el futuro, se entiende que el Supremo podría pronunciarse en los mismo términos respecto a la paternidad, pero habrá de llegarun recurso sobre este asunto a dicha instancia.
¿Hay que pagar para realizar la reclamación del IRPF de la prestación por maternidad?
En absoluto. El proceso para realizar la reclamación es totalmente gratuito.
Conclusión
En definitiva, todas aquellas personas que desde el año 2014 y hasta 2017 abonasen en la Renta el correspondiente IRPF por la prestación por maternidad, estarán en disposición de solicitar una devolución de las cantidades abonadas.
Aunque el proceso es sencillo, desde AYCE Laborytax ponemos a tu disposición a nuestro equipo de asesores fiscales, que se encargarán de ayudarte y ofrecerte toda la información que necesites al respecto.
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