En marzo de 2019 se ampliaron los permisos de paternidad para cualquier empresario, empleado o trabajador (incluidos los autónomos) que fueran padre de un recién nacido. En un primer momento el permiso se ampliaba de 5 a 8 semanas para nacimientos hasta el 31 de diciembre de 2019, pero en 2020 se establece un nuevo permiso de paternidad que amplía la duración hasta las 12 semanas.
Este nuevo permiso de paternidad, cuyo principal objetivo es equipararlo con el periodo de maternidad de manera progresiva, de tal forma que en 2021 aumente hasta las 16 semanas, igualandolo totalmente con el permiso de maternidad.
Conscientes de este cambio, te vamos a contar todo lo relacionado con el permiso de paternidad para 2020, para que las empresas puedan prevenirlo y tenerlo todo en cuenta de cara estos nuevos permisos.
Te interesa:
Permiso de paternidad para autónomos: ¿cuánto dura y qué requisitos debes cumplir?
¿Cuánto dura el permiso de paternidad 2020?
Tras la aprobación de la última Ley de Presupuestos de Generales, la baja de paternidad quedó establecida en las 8 semanas para los nacimientos hasta el 31 de diciembre de 2019. En 2020, el permiso de paternidad aumenta hasta las 12 semanas desde el 1 de enero. Y desde el 1 de enero de 2021 se equiparará con el permiso de maternidad, aumentando el permiso hasta las 16 semanas.
De manera obligatoria los trabajadores que hayan sido padres tendrán que disfrutar las cuatro primeras semanas del permiso de forma ininterrumpida tras el parto, mientras que las ocho semanas restantes, sí podrán disfrutarse de forma interrumpidas, hasta que el recién nacido cumpla los 12 meses de edad.
De este modo, una vez finalizado el periodo de descanso obligatorio, el trabajador podría decidir si disfrutar o no del permiso restante, y cuándo disfrutarlo. Hay que dejar claro que el permiso es 100% intransferible, por lo que el tiempo que no se disfrute no podrá cederlo a la madre.
Existe también la posibilidad de disfrutar del permiso de paternidad en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50%, siempre y cuando se haya acordado previamente con la empresa.
Asimismo, en caso de parto múltiple la baja de paternidad 2020 se ampliará 2 semanas por cada hijo, a partir del segundo.
¿Cuál es la prestación del permiso de paternidad 2020?
La prestación del nuevo permiso de paternidad será el equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal, y estará totalmente exenta de IRPF.
La exención de IRPF por las bajas de paternidad tiene efecto retroactivo, lo que significa que el trabajador podría reclamar todas las cantidades retenidas desde 2014, en caso de que no hubieran sido exentas.
Eso sí, durante la baja de paternidad la empresa no tendrá obligación de remunerar al trabajador, ya que de dicha prestación se encarga la Seguridad Social. Lo que sí es obligatorio es que la empresa siga cotizando las cuotas a su cargo.
Te interesa:
Inicio de la devolución del IRPF por maternidad y paternidad.
¿Cómo debe sustituir una empresa a un trabajador de baja por paternidad?
Mientras un trabajador se mantenga de baja por paternidad, lo ideal para su sustitución es que la empresa realice un contrato de interinidad con bonificación a un desempleado, ya que de esta forma podría beneficiarse de una bonificación del 100% en los seguros sociales del trabajador sustituido, y del 100% en los del trabajador interino de la cuotas de su cargo.
- Bonificación del 100% en las cuotas empresariales de la Seguridad Social del trabajador contratado para sustituir al empleado de baja por paternidad, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y en las aportaciones empresariales de las cuotas de recaudación conjunta. La empresa únicamente debería ingresar las correspondientes cotizaciones del trabajador, que previamente se le habrán descontado de la nómina.
- Bonificación del 100% en las cuotas empresariales de la seguridad social del trabajador que está descansando por paternidad, incluidas las de accidente de trabajo, enfermedades profesionales y las aportaciones empresariales de la cuotas de recaudación conjunta. Esta bonificación únicamente es válida si coincide la suspensión de actividad por paternidad y el contrato de interinidad del trabajador sustituto.
Conclusión
El nuevo permiso de paternidad ha aumentado hasta las 12 semanas en 2020, con el objetivo en 2021, de equipararse definitivamente al de maternidad alcanzando las 16 semanas. Para las empresas este permiso de paternidad apenas afecta a su día a día, ya que es la Seguridad Social quien se encarga de pagar al trabajador el subsidio. El único contratiempo que pudieran tener, es el de buscar un sustituto que ocupe las funciones del trabajador hasta la vuelta de su baja.
Buenos días, si se supone que pagan respecto a la última nómina, en el caso de que cobre la paga extra el mes anterior, eso lo usarían para calcular el ingreso del INSS?
Leí en otros foros que es necesaria sola la última nómina.
Muchas gracias.
Buenos días Santi,
Muchas gracias por tu comentario.
Nuestra recomendación en este caso, es que acudas a la oficina de la Seguridad Social más cercana a tu domicilio con toda la documentación necesaria, y que les expongas tu caso, para que puedan resolver tus dudas con exactitud.
También puedes ponerte en contacto con el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) a través de su web o en teléfono 91 568 83 00.
Si necesitas más información (o más específica), te invitamos a ponerte en contacto con nosotros o concertar una cita en cualquiera de nuestras oficinas.
Un saludo
Hola buenas tarde mi pregunta es nació mi hijo el 14/06/2018y solicite la baya por paternidad y me han ingresado 522,22€y me han mandado una carta que cobro diario 40,21€y e sacados mis cuentas y no me salen las cuentas gracias
Buenos días el pasado día 1 de Marzo inicie el permiso de paternidad, el inns me notifico que me corresponde 61,32 euros al día y me ingresaron solamente 900 euros el día 22 de Marzo, mi pregunta es la siguiente lo ingresan en dos pagos? Gracias de antemano y un saludo
Buenos días,
Mi sueldo es 1341 brutos al mes en 2017 y me han aumentado ha 1425 en 2018.
Mi hijo nació el 13/01/2018.
En la empresa me han abonado 14 días de Enero y 16 de Febrero. (Enero con sueldo de 2017, pues indican que al estar de permiso no se puede aplicar el aumento, en Febrero creo que me han hecho una media, porque el sueldo base es algo más (1380.42) (en la nomina indican permiso paternidad del 18 al 31)
Esto es correcto?
Por otro lado la suma de lo que me ha abonada la TSS (sin IRPF, que lo puse a 0) es de 1175.75. Entiendo que ya no me abonaran mas mensualidades (he recibido la de Febrero 586.46 y la de Marzo 589.29). Creo que falta dinero, o es correcto? (en la nomina indican permiso paternidad del 1 al 14)
Muchas Gracias.
DESEO SABER POR FAVOR SI EL PERMISO DE PATERNIDAD POR 28 DÍAS APLICA PARA TRABAJADORES QUE COTIZAN AL IMSS EN TODOS LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA Y EL SUSTENTO LEGAL DEL MISMO?
Buenas empeze la paternidad el día 1 de enero y sobre el día 15 me ingresaron casi 500 euros y nose a que se corresponden ya que no puede ser la mitad de la prestación ya que yo gano 1350 , gracias agradeceré cualquier ayuda.
Hola, comencé la paternidad el día 23 de diciembre del 2017 y el día 11 de enero me depositaron 295.-€ ( mi sueldo es 1150.-€) regresé a trabajar el día 18 de enero y mi pago recibido en este mes por parte de mi empresa corresponden a los días que he trabajado; que son el resto después de haberme incorporado. tendría que reclamar a la Seguridad social o tengo que esperar que me acrediten En mi cuenta en febrero el resto de los días que serían 17 ?
Muchas gracias
Hola. Si dentro de esos 28 días de paternidad, coincide con algún festivo, se aumentan los días totales?
Buenas mi hijo nacio el 4 de julio pero yo vine a arreglar la paternida el dia 25 xq cogi mis vacaciones ahora me ingresaron 1000 euros cuando mi sueldo siempre a sidl 1.800 eso que es que aun queda otra parte por ingresar ya que yo la cogi a parti del dia 25??
Buenos días José Antonio,
Muchas gracias por tu comentario.
Nuestra recomendación en este caso, es que acudas a la oficina de la Seguridad Social más cercana a tu domicilio con toda la documentación necesaria, y que les expongas tu caso, para que puedan corregir las cuantías, en caso de que sea necesario.
También puedes ponerte en contacto con el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) a través de su web o en teléfono 91 568 83 00.
Si necesitas más información (o más específica), te invitamos a ponerte en contacto con nosotros a través de nuestra web o en cualquiera de nuestras oficinas.
Un saludo
Buenos días! Mi baja paternal empieza de 1 de julio hasta 28 de julio. He recibido la carta de INSS . El importe diario con deducción de cuotas sociales e IRPF es de 66,2012. Mi pregunta es :cuál es el importe que voy a cobrar?Hay que duplicar está cantidad diaria a 28 días?
Buenas noches comencé la baja de paternidad el 19 de Junio, acabo de recibir una transferencia de la INSS de 890,00 euros, si cobramos el 100% de la base reguladora cuando mi sueldo bruto ronda entre los 1295 y los 1318 euros, la cantidad que he cobrado no se corresponde a los 28 días de baja por paternidad, me podéis aclarar esto y si tengo que reclamar a la INSS la inconformidad con el pago recibido, gracias.
Buenos días Miguel,
Muchas gracias por tu comentario.
Puede ser que la cantidad que has percibido, solo corresponda a los días de junio, y por tanto, quede pendiente de pago parte de los días de baja por paternidad.
En cualquier caso, si no estás conforme, te recomendamos que acudas a la oficina más próxima del INSS para que te aclaren cualquier duda.
Esperamos haberte ayudado.
Si necesitas más información (o más específica), te invitamos a ponerte en contacto con nosotros a través de nuestra web, en cualquiera de nuestras oficinas, o en el siguiente email de contacto: info@aycelaborytax.com
Un saludo
Hola buenas tarde mi pregunta es nació mi hijo el 14/06/2018y solicite la baya por paternidad y me han ingresado 522,22€y me han mandado una carta que cobro diario 40,21€y e sacados mis cuentas y no me salen las cuentas gracias
Buenas tardes Juan Carlos,
Muchas gracias por tu comentario.
Con los datos que nos facilitas, no podemos aclararte tu duda. Nuestra recomendación en este caso, es que acudas a la oficina de la Seguridad Social más cercana a tu domicilio con toda la documentación necesaria, y les expongas tu caso, para que puedan corregir las cuantías, en caso de que sea necesario.
También puedes ponerte en contacto con el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) a través de su web o en teléfono 91 568 83 00.
Si necesitas más información (o más específica), te invitamos a ponerte en contacto con nosotros a través de nuestra web, en cualquiera de nuestras oficinas, o en el siguiente email de contacto: info@aycelaborytax.com
Un saludo
mi hija nacio el 9 de abril y el dia 5 de mayo me ingresaron 800 euros en concepto de pago por paternidad cuando yo vengo cobrando los 1200 y en la carta que me mando la seguridad social ponia que cobraria al dia ese importe en total del mes de baja, estamos a dia 28 y no me ingresaron mas quisiera saber si tengo que esperar o ir a reclamar.. porque pense que se aria en dos pagas y aun no me ingresaron mas, si me pudieran dar alguna idea si esto suele pasar o que tendria que hacer se lo agradeceria, un saludo
Buenos días David,
Muchas gracias por tu comentario.
El pago se realiza directamente a través del INSS, y se abona en un único pago aun cuando no haya finalizado el periodo de descanso.
En el momento de hacer efectivo el subsidio, lo que se deduce del importe del mismo es:
-La cuantía a que asciende la suma de las aportaciones del trabajador relativas a las cotizaciones a la Seguridad Social: desempleo y formación profesional que procedan, y en su caso, para su ingreso en la TGSS. (6,35 % contratos indefinidos)
– y la retención por IRPF .
En la resolución reconociéndote la prestación, te indican cuantías brutas a las que tienes que descontar las cotizaciones y retenciones.
No obstante, si en el mes próximo no recibes ingreso alguno, sería conveniente que solicitaras una sita en el INSS para aclarar el pago que se ha realizado, antes de interponer una reclamación.
Esperamos haberte ayudado a resolver tu duda.
Si necesitas más información (o más específica), te invitamos a ponerte en contacto con nosotros a través de nuestra web, en cualquiera de nuestras oficinas, o en el siguiente email de contacto: info@aycelaborytax.com
Un saludo
Buenas, ¿que dias suelen ingresar la prestacion por paternidad?
Buenos días Enrique,
Muchas gracias por tu comentario.
Normalmente, suelen hacerse los ingresos a finales de mes. Aunque puede depender de cuando se haya solicitado la prestación.
Esperamos haberte ayudado a resolver tu duda.
Si necesitas más información (o más específica), te invitamos a ponerte en contacto con nosotros a través de nuestra web, en cualquiera de nuestras oficinas, o en el siguiente email de contacto info@aycelaborytax.com
Un saludo
Buenos días el pasado día 1 de Marzo inicie el permiso de paternidad, el inns me notifico que me corresponde 61,32 euros al día y me ingresaron solamente 900 euros el día 22 de Marzo, mi pregunta es la siguiente lo ingresan en dos pagos? Gracias de antemano y un saludo
Buenos días Manuel,
Muchas gracias por tu comentario.
Normalmente, el pago suele ser único; a no ser que la baja de paternidad se solicite a mediados de mes.
No sabemos a qué puede deberse tu caso concreto, por lo que te recomendamos contactar con el INNS para consultar lo que puede haber ocurrido.
Esperamos haberte ayudado. Si necesitas más información (o más específica), te invitamos a ponerte en contacto con nosotros a través de nuestra web: http://www.aycelaborytax.com, en cualquiera de nuestras oficinas, o en el siguiente email de contacto: info@aycelaborytax.com.
Un saludo
Buenos días,
Mi sueldo es 1341 brutos al mes en 2017 y me han aumentado ha 1425 en 2018.
Mi hijo nació el 13/01/2018.
En la empresa me han abonado 14 días de Enero y 16 de Febrero. (Enero con sueldo de 2017, pues indican que al estar de permiso no se puede aplicar el aumento, en Febrero creo que me han hecho una media, porque el sueldo base es algo más (1380.42) (en la nomina indican permiso paternidad del 18 al 31)
Esto es correcto?
Por otro lado la suma de lo que me ha abonada la TSS (sin IRPF, que lo puse a 0) es de 1175.75. Entiendo que ya no me abonaran mas mensualidades (he recibido la de Febrero 586.46 y la de Marzo 589.29). Creo que falta dinero, o es correcto? (en la nomina indican permiso paternidad del 1 al 14)
Muchas Gracias.
Buenas tardes Marc,
Muchas gracias por tu comentario.
Intentamos aclararte tus dudas:
El permiso por paternidad tiene una duración de 4 semanas ininterrumpidas, que en términos generales, comienzan a disfrutarse después de la finalización del permiso por nacimiento. Dependiendo de los días de permiso que prevea el convenio aplicable a la actividad de tu empresa, posteriormente comenzará el inicio de la paternidad.
Sentimos no poder concretarte las cantidades, puesto que no conocemos si las mismas son brutas o netas, ni cuáles son los conceptos; pero si te han realizado un aumento salarial, su aplicación es independiente de que te encuentres disfrutando del permiso de paternidad.
Por tanto, si sus efectos son a partir del 1 de enero de 2018, debe aplicarse a los días trabajados; en tu caso del 1 al 13 de enero.
La cuantía de la prestación económica por paternidad consiste en un subsidio que se determina por el 100% de la base de cotización a la fecha del inicio del período de descanso, por lo que debes comprobar en la resolución por la que se te concede el subsidio, que dicha cantidad coincide con la base de cotización de tu ultima nómina.
Esperamos haberte ayudado. Si necesitas más información (o más específica), puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestra web: http://www.aycelaborytax.comm o en el siguiente email: info@aycelaborytax.com.
Un saludo
Hola, comencé la paternidad el día 23 de diciembre del 2017 y el día 11 de enero me depositaron 295.-€ ( mi sueldo es 1150.-€) regresé a trabajar el día 18 de enero y mi pago recibido en este mes por parte de mi empresa corresponden a los días que he trabajado; que son el resto después de haberme incorporado. tendría que reclamar a la Seguridad social o tengo que esperar que me acrediten En mi cuenta en febrero el resto de los días que serían 17 ?
Muchas gracias
Buenas tardes Danny,
Muchas gracias por tu comentario.
El pago que te ha realizado tu empresa está correcto, y corresponde solo a los días que has trabajado desde que finalizó tu paternidad.
En Febrero, el INSS deberá abonarte el resto de días correspondientes al mes de enero.
En cuanto a la cantidad que te han de abonar, debes comprobar con la Resolución que te han notificado si se corresponde con la cuantía que te han reconocido.
El importe es del 100 % de la base de cotización del mes anterior a la paternidad, no del importe líquido que te abona la empresa.
Esperamos haberte ayudado a resolver tus dudas.
Pero si necesitas más información (o más específica), puedes ponerte en contacto con nosotros en nuestra web: http://www.aycelaborytax.com
o contactar con alguna de nuestras oficinas en la siguiente dirección de correo: info@aycelaborytax.com
Un saludo
Buenas empeze la paternidad el día 1 de enero y sobre el día 15 me ingresaron casi 500 euros y nose a que se corresponden ya que no puede ser la mitad de la prestación ya que yo gano 1350 , gracias agradeceré cualquier ayuda.
Buenos días Isaías,
Muchas gracias por tu comentario.
La prestación que deberías cobrar, debería ser del 100% de la base de cotización del mes anterior a la baja por paternidad, y la duración es de 28 días en total.
De todas formas, deberían enviarte una comunicación detallandote las cantidades de la prestación para informarte de todo.
Esperamos haberte ayudado a resolver tus dudas.
Si necesitas más información, puedes ponerte en contacto con nosotros en nuestra web: http://www.aycelaborytax.com
o contactar con alguna de nuestras oficinas en la siguiente dirección de correo: info@aycelaborytax.com
Un saludo
Hola. Si dentro de esos 28 días de paternidad, coincide con algún festivo, se aumentan los días totales?
Buenos días Álex,
Muchas gracias por tu comentario.
En el caso que nos planteas, la prestación de paternidad consiste en un período
máximo de hasta cuatro semanas ininterrumpidas, sólo ampliables en el caso de
parto múltiple.
Por tanto, si éste período coincide con algún día festivo, no se aumentarían los días del permiso.
Esperamos haberte ayudado.
Si tienes cualquier otra duda, puedes ponerte en contacto con nosotros en nuestra web: http://www.aycelaborytax.com
Un saludo
DESEO SABER POR FAVOR SI EL PERMISO DE PATERNIDAD POR 28 DÍAS APLICA PARA TRABAJADORES QUE COTIZAN AL IMSS EN TODOS LOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA Y EL SUSTENTO LEGAL DEL MISMO?
Hola Roberto,
Muchas gracias por tu comentario.
El nuevo permiso de paternidad del que hablamos es aplicable solo en España. Para México, debes consultar Ley Federal del Trabajo, en la que se especifican este tipo de permisos.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo