Con el nuevo año, entran en vigor muchas de las medidas de la nueva Ley de Autónomos de 2018, aprobada por la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Algunas se hicieron efectivas en octubre, tras la publicación de la ley en el BOE; y otras quedaron pendientes hasta el 1 de enero de 2018, a falta de una partida en los presupuestos del Estado.
Principales novedades de la nueva Ley de Trabajadores Autónomos
La vigencia de la Ley de Autónomos trae novedades importantes en la aplicación de bonificaciones de la cuota de autónomos, pues amplía los plazos de aplicación.
Tarifa plana para autónomos y bonificaciones en la cuota
La novedad para 2018 es la ampliación de la tarifa plana de 50 €, que estará vigente durante doce meses, frente a los seis anteriores.
A partir de esta fecha, se produce la bonificación en las cuotas del 50 % durante los seis meses siguientes y al 30 % seis meses más.
Como requisito, se exige no haber estado dado de alta como autónomo en los dos años anteriores, frente a los cinco de la antigua ley.
Las víctimas de violencia de género o terrorismo y los autónomos discapacitados también se verán beneficiados durante los doce primeros meses de tarifa plana y, posteriormente, con una reducción de la cuota del 50 % durante los cuatro años siguientes.
Los autónomos colaboradores también podrán beneficiarse de una reducción en la cuota del 50 % durante los primeros dieciocho meses y del 25 % en los seis meses restantes. Para ello, no deben haber cotizado como tal durante los cinco años anteriores a su inscripción.
Como medidas para favorecer la conciliación familiar de los trabajadores autónomos, quedará bonificada la cuota al 100 % para los padres y madres durante la baja por nacimiento o adopción.
Igualmente, se bonifica a las madres con riesgo durante el embarazo o tiempo en el que se encuentren de baja.
Los autónomos jubilados también podrán beneficiarse de estas medidas, en cuanto a que podrán cobrar la pensión de jubilación al completo siempre que tengan al menos una persona contratada. Anteriormente, cobraban el 50 % de la pensión.
Cambios en el sistema de cotización RETA en la nueva Ley de Autónomos
A partir de 2018, los autónomos que se den de alta por primera vez lo harán cotizando por los días efectivos del mes que estén en el régimen. Anteriormente, debían pagar la cuota del mes completo.
Se permiten al autónomo hasta tres altas y tres bajas en el régimen durante el año, calculando las cuotas resultantes por días efectivos de alta. A partir de la cuarta alta, se procederá al abono de la cuota completa.
Asimismo, la nueva Ley de Autónomos permite cambiar durante el año hasta cuatro veces la base de cotización, a partir de 2018.
Otra novedad introducida en la nueva Ley de Autónomos para 2018 es la reducción en el recargo del pago de intereses por impago de las cuotas a la Seguridad Social, que se establece en el 10%, en lugar de en el 20%, siempre y cuando el importe a abonar se ingrese durante el primer mes natural.
Fiscalidad en la nueva Ley de Autónomos
Con la entrada en vigor de la Ley de Autónomos de 2018, se introduce una serie de novedades muy demandadas por los autónomos españoles durante los últimos años, como las deducciones por consumos en el domicilio habitual o la posibilidad de desgravar dietas.
A fin de dotar de cierta seguridad jurídica al trabajador por cuenta propia, se aclaran los gastos con posibilidad de reducción.
Se establece como medida general la posibilidad de desgravarse en el IRPF el 30 %, en conceptos de luz, agua, gas, teléfono o Internet, sin necesidad de tener un contador independiente en la vivienda afecta a la actividad. Existe la posibilidad de justificar una mayor o menor proporción de gasto.
También será de aplicación la posibilidad de desgravarse el gasto por el pago de las primas en la contratación de un seguro de salud, tanto para el trabajador autónomo como para el cónyuge y los hijos, con un límite máximo de 500 euros anuales por persona o 1.500 por familiar discapacitado.
Una de las novedades importantes que introduce la nueva Ley de Autónomos en 2018 es que permite a los trabajadores por cuenta propia desgravarse los gastos por alojamiento y dietas en el curso del ejercicio de su actividad.
Para que pueda hacerse efectivo, los gastos deben estar afectos al ejercicio de la actividad y deben pagarse con medios electrónicos. Se ha de aportar factura y deben realizarse en establecimientos de restauración y hostelería.
En definitiva, como ya adelantamos, las medidas incluidas en la Ley de Autónomos en 2018 aportarán un poco de respiro a los autónomos que comiencen su actividad o ya ejercieran. Dota, además, de mayores medidas de protección en la aplicación de las normas legales y fiscales.
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