Si tienes una empresa con un volumen de operaciones inferior a 6 millones de euros y deudas de hasta 30.000 euros, es posible que puedas aplazar deudas con Hacienda durante seis meses, estando los tres primeros libres de intereses de demora.
La razón no es otra que Hacienda ha aprobado un aplazamiento de deudas tributarias para PYMEs y empresas con el objetivo de combatir el impacto del coronavirus. De modo que si te encuentras en esta situación y quieres saber cómo aplazar deudas con Hacienda, presta atención y toma nota, porque te vamos a contar todo lo que debes saber.
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Aplazar deudas con Hacienda, todo lo que debes saber
> ¿Quién puede aplazar deudas con Hacienda por coronavirus?
Para aplazar deudas con Hacienda en tu empresa deberás tener un volumen de operaciones inferior a 6 millones de euros y un máximo de endeudamiento de 30.000 euros.
> ¿Qué deudas con Hacienda podrás aplazar?
Se podrán aplazar y fraccionar retenciones, impuestos a repercutir obligatoriamente y pagos fraccionados de Hacienda, de IRPF, IVA y el Impuesto de Sociedades.
> Plazo e intereses del aplazamiento de deudas con Hacienda
Las deudas con Hacienda podrán ampliarse un máximo de seis meses, de los cuales los tres primeros estarán totalmente libres de intereses de demora, mientras que los tres siguientes tendrán unos intereses de demora del 3,75%.
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¿Cuándo prescriben las deudas con la Seguridad Social contraídas por una empresa?
¿Cómo aplazar deudas con Hacienda por el coronavirus?
¿Tu empresa ha sufrido las consecuencias del coronavirus y cumples las condiciones para aplazar deudas con Hacienda? Si es así, a continuación te contamos qué pasos debes realizar para aplazar tus deudas tributarias.
En cualquier caso, la Agencia Tributaria ha publicado un manual – que puedes consultar aquí – para solicitar el aplazamiento de deudas, en el que explican detalladamente todo el proceso.
> ¿Dónde realizar la solicitud?
La solicitud siempre se realizará de manera telemática, a través de la web oficial de la Agencia Tributaria. Dispones de un total de tres vías:
- A través de la consulta de autoliquidaciones del modelo que se vaya a presentar.
- Mediante la opción de “Aplazamiento y fraccionamiento de deudas”, en el apartado “Trámites destacados”.
- Desde la sección “Aplazamientos y fraccionamientos”, en la opción “Recaudación”, en el apartado “Todos los trámites”.
> Pasos a seguir para aplazar las deudas con Hacienda de tu empresa
Independientemente de la vía escogida, debes “Presentar solicitud” en el apartado “Trámites”. Para ello deberás identificarte con la Cl@ve PIN, certificado o con DNI electrónico. Una vez identificado, deberás tramitar el alta de solicitud de aplazamiento, rellenando los datos personales y de empresa. Hecho esto, clica la opción “Sí” para confirmar que te acoges al aplazamiento establecido en el Real Decreto-Ley.
A continuación deberás completar el trámite con la siguiente información que se solicite:
- Importe de la deuda.
- Tipo de garantías.
- Cuenta bancaria para realizar la domiciliación.
- Número de plazos.
- Periodicidad.
- Fecha de primer plazo (debes tener en cuenta que la fecha contará a partir de los seis meses desde que acabase el plazo ordinario de presentación de la autoliquidación).
- Motivo por el que realizas la solicitud.
Llegado a este punto, debes firmar y enviar la solicitud. Si se ha realizado correctamente, recibirás una confirmación de la presentación.
Conclusión
Ya lo sabes, si tienes una empresa con un volumen de operaciones inferior a 6 millones de euros, y con un máximo de endeudamiento de 30.000 euros, es posible que puedas aplazar las deudas con Hacienda siguiendo los pasos que te hemos detallado en el post para realizar la solicitud.
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