Obligaciones de un autónomo

Si estás pensando en emprender en tu propio negocio y comenzar tu actividad profesional por cuenta propia, ya sabes que para ello necesitarás darte de alta como trabajador autónomo y, cumplir con una serie de obligaciones tanto con Hacienda como la Seguridad Social.

Con el objetivo de solucionar todas las posibles dudas que puedas tener y dejártelo todo claro, a continuación repasamos qué obligaciones tiene el autónomo desde el momento en que decide darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).


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Una vez dado de alta en el RETA, ¿qué obligaciones tiene el autónomo?

Lo primero será darte de alta en Hacienda, presentando los modelos 036 y 037, donde se especifica la actividad que vas a desarrollar y tu domicilio fiscal.

Lo siguiente que debes hacer es darte de alta en la Seguridad Social, de forma presencial en alguna de las administraciones, rellenando el formulario correspondiente.

Hecho esto, lo siguiente será 

En España hay alrededor de 3,2 millones de trabajadores registrados en el RETA.

Finalizados estos dos pasos ya estarás dado de alta como autónomo, y a partir de aquí deberás cumplir con una serie de obligaciones fiscales a lo largo del año y trámites, que variarán en función de tu actividad. A continuación los explicamos.

Modelo 130: retención IRPF

Modelo 130: retención IRPF

Los autónomos deben registrar todos los ingresos y gastos derivados de su actividad mediante el modelo 130. Tendrán que restar los gastos a los ingresos y aplicar al resultado total un 20%, que será lo que se declarará como IRPF.

Esto debe realizarse de manera trimestral, aunque los autónomos profesionales que el 70% de sus facturas tengan retención, estarán exentos.

Modelo 303: IVA

Una de las principales obligaciones de los autónomos es cumplir con IVA, y lo harán a través del modelo 303. La gran mayoría de trabajadores autónomos deben aplicar IVA en sus facturas, pagándolo posteriormente a Hacienda trimestralmente, a excepción de aquellos que realicen actividades exentas: sanitarias, educativas, sociales, deportivas,…etc.


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Modelos 111 y 115

Aquellos autónomos con trabajadores a su cargo o con profesionales contratados, tendrán que liquidar la retención de las nóminas o facturas correspondientes a través del modelo 111.

Asimismo, si tienen un local comercial u oficina alquilada, también deberán presentar las retenciones del alquiler mediante el modelo 115.

Modelo 123

Si se da el caso de que un autónomo tiene un préstamo concedido, tendrá que presentar el modelo 123, indicando las retenciones correspondientes a los intereses del crédito, que actualmente son del 20%.

Modelo 349

Modelo 349

Un autónomo que mantenga negocios con empresas extranjeras tendrá que presentar el modelo 349, indicando las operaciones que se han realizado.

A través del modelo 349 no se liquida nada, pero sí se informa sobre si se ha exportado o importado algún producto o servicio.

Modelo 390

El modelo 390 sirve como resumen anual del IVA. Se presenta en enero, y en él se presentan todos los modelos 303 que se hayan registrado a lo largo del año.

Declaración de la Renta

Todo autónomo está obligado a realizar la declaración de la Renta. La declaración de la Renta actúa como un resumen de todos los modelos 130, y es necesario para posteriormente poder aplicar el 20% correspondiente que tendrá que abonar la Agencia Tributaria.

Modelo 180 y 190

El modelo 180 es el resumen de todas las retenciones por alquileres del año, presentadas a través del modelo 115.

Asimismo, los autónomos con profesionales a su cargo deberán presentar el modelo 190, que servirá como resumen de todas las retenciones presentadas en el modelo 111.

Modelo 193

A través del modelo 193 se resumen todos los modelos 123 presentados a lo largo del año, que corresponden a las retenciones derivadas de los contratos de alquiler.

Modelo 349

Una vez finalizado el año natural, se presenta el modelo 349, a través del cual se informa de todas las operaciones realizadas con empresas extranjeras a lo largo de un año.

Otros trámites que deberás realizar como autónomo

Otros trámites que deberás realizar como autónomo

Más allá de estas obligaciones fiscales, existen otros trámites que deberás realizar como trabajador autónomo:

Facturas

Todo trabajador autónomo está obligado a generar facturas y a guardarlas durante un mínimo de cinco años. Es necesario conservar cualquier tipo de documento o justificante relacionado con Hacienda por si hubiera cualquier inspección.

Libros de contabilidad

Los autónomos deben llevar un registro de su contabilidad en su correspondiente libro de contabilidad, llevándolo al día y conservándolo también durante cinco años.

Certificado de retenciones

Un autónomo debe entregar el certificado de todas las retenciones que se hayan aplicado, trabajadores, clientes, alquileres, etc.

Información del negocio

Es recomendable conservar toda la información correspondiente al negocio o actividad profesional: documentos, cartas, registros, facturas, etc.

 

Conclusión

Hasta aquí las obligaciones que tiene un autónomo desde el momento en el que se da de alta en Hacienda y la Seguridad Social. En función de tu actividad, deberás presentar los modelos que te acabamos de mostrar.

Si quieres salir de dudas y evitar errores, en AYCE Laborytax ponemos a tu disposición a nuestro equipo de asesores fiscales, que te asesorarán y te ayudarán a cumplir con todas tus obligaciones como autónomo.