Ha llegado el verano para disfrutar de las vacaciones. Es entonces cuando viene a la cabeza el alquiler vacacional y es que cada vez se hace más popular esta modalidad de viajar a casas de veraneo como inquilinos, por ser más cómodas y prácticas. No importa el destino, si es de playa o de montaña, ya que con seguridad se podrá encontrar estas casas de alquiler vacacional en ambos lugares.
Por eso, en vista de lo popular que se ha vuelto esta modalidad vacacional a Hacienda no se le ha escapado este hecho, obligándolo a tributar fiscalmente.
Por tanto, si se es propietario de una casa y se desea alquilar a turistas, este artículo puede servir para saber cómo tributa el alquiler vacacional.
Cómo Declarar a Hacienda un Alquiler Vacacional
Para empezar, se tiene que saber que el pago de los impuestos por el alquiler de viviendas vendrá definido según el tipo de arrendador que se sea.
Es decir, si como arrendador se es una persona física, entonces se aplicará en el “IRPF” o el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En cambio, en el caso de que como arrendador se sea una persona jurídica o sociedad, se tendrá que tributar a través del Impuesto de Sociedades.
Por último, hay que tener en cuenta el IVA, que se produce cuando se prestan algunos servicios como los “propios de la industria hotelera”.
Dos formas de declarar los ingresos del alquiler vacacional
Como segunda vivienda
Hace referencia a esa casa en la playa o en el campo, que solo se alquila por unos días o algunas semanas, permaneciendo el resto del año a disposición de los titulares.
Si se trata de este caso en cuestión, entonces hay que hacer una diferenciación entre dos periodos al año.
- El primero se refiere al tiempo durante el cual se alquila la propiedad, y por tanto, donde los ingresos se declaran como rendimientos de capital inmobiliario.
En este periodo, hay que deducir todos los gastos que estén asociados con el alquiler de la propiedad, como el IBI, el seguro de la casa, los gastos comunitarios, la comisión de la inmobiliaria, la amortización, etc. Hay que recordar que todos los gastos, incluyendo el IBI, se declaran proporcionalmente en función del tiempo en el que estuvo alquilada la propiedad.
- El segundo periodo se refiere al tiempo en el que la vivienda no se encuentra en alquiler, es decir, el resto del año.
Hacienda, en este caso, obliga a pagar el 1% o el 2% por la tenencia de la propiedad. Entonces, al valor catastral de la propiedad se le calcula el 1 o el 2 % y al resultado obtenido se divide entre 12 y se multiplica por 9. Esta cantidad final es la que se debe declarar.
Como alojamiento turístico
Esta es la opción por la que Hacienda apuesta con la nueva ley, persiguiendo a aquellas casas que no la utilizan.
Lo primero en este caso es que se registre la vivienda bajo la designación de «alojamiento turístico» en el registro de la Comunidad Autónoma en la que se ubique.
Además, se tendría que dar de alta en el Impuesto de Actividades Económicas para que se pueda ejercer dicha actividad.
En esta modalidad se debe pagar el IVA trimestral, que es del 10%, y se tendrán que indicar todos los ingresos que se obtuvieron con su IVA, que se restarán del gasto deducible. Si se está dado de alta como autónomo, el IRPF también ha de declararse de forma trimestral.
Por supuesto, el IVA solo se cobrará siempre que el arrendamiento este bajo la denominación de alojamiento turístico o se presten servicios complementarios propios de la industria hotelera, tales como lavandería, restaurante o limpieza.
Sin embargo, no se considera como servicio complementario la ropa de casa prestada en la entrada al inquilino por parte del arrendatario.
Cuántos Impuestos Se Pagará por Alquilar una Casa en Verano
Tenemos que recordar que el pago de los impuestos por el alquiler de viviendas de verano, según los cálculos de Hacienda, al menos el 75% de los arrendatarios no los paga.
Sin embargo, son impuestos obligatorios y su falta de su pago constituyen unas determinadas sanciones.
Hacienda está llevando a cabo la tarea de supervisar a través de páginas como airnbn.es, estas propiedades que prestan el servicio de alojamiento para comprobar si verdaderamente pagan dicho alquiler en la Declaración de la Renta.
Las sanciones pueden ser desde leves, hasta muy graves, dependiendo del tipo de infracción dentro de la actividad.
Si se quiere saber cómo tributa el alquiler vacacional y cómo declarar dichos ingresos, se deben conocer bien los dos impuestos anuales por dicho alquiler vacacional que se han explicado.
No hay que olvidar que va a depender de la denominación bajo la cual se esté alquilando la casa, según sea como una segunda vivienda o como un alojamiento turístico. Lo importe es que no se olvide hacer la declaración del IRPF para evitar sanciones.
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