El Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre hombres y mujeres (BOE de 14 de octubre), que entrará en vigor el 14 de abril de 2021, establece una nueva ley de auditoría retributiva, con el objetivo de garantizar la transparencia y la igualdad salarial entre los trabajadores de una empresa de diferentes sexos.

Conscientes de las dudas que genera, en AYCE Laborytax te contamos todo sobre la nueva ley de auditoría retributiva, para que conozcas todos los detalles y puedas llevarla a cabo al elaborar el plan de igualdad en tu empresa.

¿Qué es una auditoría retributiva?

Una auditoría retributiva consiste en una auditoría que revisa el sistema retributivo de una empresa, de forma transversal y completa, con el objetivo de garantizar la igualdad salarial entre hombres y mujeres dentro de una empresa.

Definición de auditoría retributiva:

«La auditoría retributiva tiene por objeto obtener la información necesaria para comprobar si el sistema retributivo de la empresa, de manera transversal y completa, cumple con la aplicación efectiva del principio de igualdad entre mujeres y hombres en materia de retribución. Asimismo, deberá permitir definir las necesidades para evitar, corregir y prevenir los obstáculos y dificultades existentes o que pudieran producirse en aras a garantizar la igualdad retributiva, y asegurar la transparencia y el seguimiento de dicho sistema retributivo».

Al hacer una auditoría retributiva hay que tener en cuenta todos los aspectos que puedan originar la brecha salarial dentro de una empresa:

  • Distribución del personal.
  • Niveles dentro de una categoría.
  • Antigüedad en la empresa.
  • Desempeño de actividad.
  • Nivel académico.
  • Situación personal.
  • Beneficios sociales.
  • Retribuciones extrasalariales.

De esta forma, con una auditoría retributiva se realizan comparaciones de la situación individual de cada trabajador, para así acabar con las brechas salariales existentes en las empresas y garantizar la igualdad de género a nivel de retribución.

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Nueva ley de auditoría retributiva

La nueva ley de auditoría retributiva está recogida en los artículos 7 y 8 del Real Decreto 902/2020, y lo más destacable es que todas las empresas que elaboren un plan de igualdad estarán obligadas a realizar una auditoría retributiva.

La obligatoriedad de la auditoría retributiva se vincula a los planes de igualdad de las empresas.

Y tal y como establece el artículo 2.2 del Real Decreto 901/2020, aprobado la misma fecha que el Reglamento sobre Igualdad Retributiva, todas las empresas de más de 50 trabajadores tienen la obligación de hacer un plan de igualdad.

La vigencia de la auditoría retributiva será la misma que la del plan de igualdad del que forme parte, a excepción de si se establece otra inferior en el mismo.

Obligaciones para la empresa al hacer una auditoría retributiva

  1. Realizar un diagnóstico de la situación retributiva de la empresa:
  • Evaluación de los puestos de trabajo, teniendo en cuenta la obligación de igual retribución por trabajo de igual valor, tanto en relación al sistema retributivo como en relación al sistema de promoción.
  • Habrá que tener en relevancia otros factores que puedan desencadenar una diferencia retributiva, como posibles deficiencias o desigualdades en el diseño o uso de las medidas de conciliación y corresponsabilidad en la empresa, así como las dificultades de promoción que puedan encontrar los trabajadores.
  1. Establecer un plan de actuación para la corrección de desigualdades retributivas:
  • Habrá que recoger todos los objetivos, actuaciones, el cronograma y las personas responsables de su implementación y seguimiento.
  • Disponer de un sistema de seguimiento e implementación de mejoras a partir rde los resultados obtenidos.
  • Aplicación paulatina de esta regulación.
  • Extiende a las mesas negociadoras de los convenios colectivos la obligación de valorar los puestos de trabajos en los convenios colectivos.

Fecha máxima para la realización de auditorías retributivas obligatorias en las empresas:

  • Empresas de más de 250 trabajadores: 6 de marzo de 2020.
  • Empresas de entre 151 y 250 trabajadores: 7 de marzo de 2021.
  • Empresas de entre 101 y 150 trabajadores: 7 de marzo de 2022.
  • Empresas de entre 50 y 100 trabajadores: 7 de marzo de 2023.

Además, el Real Decreto 902/2020 establece que la obligación de justificar que la diferencia retributiva responde a motivos no relacionados con el género de los trabajadores de la empresa, únicamente tiene el alcance previsto en el artículo 28.3 del Estatuto de los Trabajadores, sin que exista la posibilidad de descartar la existencia de indicios de discriminación.

Conclusión

En definitiva, tal y como establece la nueva ley de auditoría retributiva, todas las empresas que tengan que elaborar un plan de igualdad – aquellas de más de 50 trabajadores –, estarán en la obligación de realizar una auditoría retributiva.

Si estás en esta situación contacta con AYCE Laborytax para elaborar el plan de igualdad de tu empresa, en el que incluiremos la auditoría retributiva.

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