tipos-de-acoso-laboral

El acoso laboral es uno de los principales retos a los que se enfrentan las empresas en la actualidad.

Existen diferentes tipos de acoso en el ámbito laboral, por lo que es importante contar con las herramientas adecuadas para prevenir este tipo de conductas en cualquier organización.

En AYCE Laborytax hemos puesto en marcha un servicio de asesoramiento y apoyo para facilitar a las empresas la obligación de implantar las medidas necesarias para erradicar cualquier tipo de acoso laboral.

Pero antes debemos clarificar varios puntos esenciales como la definición de acoso laboral o las modalidades de acoso en el ámbito de trabajo más comunes en la actualidad.

También te recomendamos que repases los requisitos que se deben cumplir para que exista acoso laboral como tal en una empresa que en su día publicamos en nuestro blog.

¿Qué es el acoso laboral?

Acoso laboral es cualquier comportamiento, verbal o físico, reiterado que, por acción u omisión, tenga el propósito de atentar contra la dignidad de una persona, creando un entorno de indefensión, intimidación, degradante u ofensivo.

Exige reiteración y prolongación en el tiempo y requiere el propósito de minar psicológicamente mediante conductas vejatorias.

Necesito asesoramiento sobre prevención de acoso laboral

Tipos de acoso

A continuación, repasamos los tipos de acoso laboral en el trabajo.

Acoso sexual

El acoso sexual es aquella conducta no deseada de naturaleza sexual en el lugar de trabajo, que hace que la persona se sienta ofendida, humillada y/o intimidada.

  • Bromas sexuales ofensivas y comentarios sobre la apariencia física o condición sexual de la trabajadora o el trabajador.
  • Comentarios sexuales obscenos.
  • Difusión de rumores sobre la vida sexual de las personas.
  • Comunicaciones (llamadas telefónicas, correos electrónicos, etc.) de contenido sexual y carácter ofensivo.
  • Comportamientos que busquen la vejación o humillación de la persona trabajadora por su condición sexual.
  • Invitaciones o presiones para concertar citas o encuentros sexuales.
  • Invitaciones, peticiones o demandas de favores sexuales cuando estén relacionadas, directa o indirectamente, a la carrera profesional, la mejora de las condiciones de trabajo o la conservación del puesto de trabajo.
  • Uso de imágenes, gráficos, viñetas, fotografías o dibujos de contenido sexualmente explícito o sugestivo.

Acoso por razón de sexo

El acoso por razón de sexo es cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.

  • Bromas y comentarios sobre las personas que asumen tareas que tradicionalmente han sido desarrolladas por personas del otro sexo.
  • Uso de formas denigrantes u ofensivas para dirigirse a personas de un determinado sexo.
  • Utilización de humor sexista.
  • Evaluar el trabajo de las personas con menosprecio, de manera injusta o de forma sesgada, en función de su sexo o de su inclinación sexual.
  • Conductas explícitas o implícitas dirigidas a tomar decisiones restrictivas o limitativas sobre el acceso de la persona al empleo o a su continuidad en el mismo, a la formación profesional, las retribuciones o cualquier otra materia relacionada con las condiciones de trabajo.
  • Discriminación por embarazo o maternidad.

Acoso moral o mobbing

Cualquier agresión realizada por una o más personas de manera verbal, psicológica o física, con la intención de humillar u hostigar.

  • Ataques con medidas organizacionales como restringir la posibilidad de hablar, aislar de los compañeros, asignar tareas muy por debajo de las capacidades, etc.
  • Ataques a las relaciones sociales de la víctima con aislamiento social no dirigiendo la palabra, ataques y críticas a la vida privada, rehusar la comunicación, terror telefónico, etc.
  • Violencia física: Maltrato físico o amenazas físicas.
  • Ataques a las actitudes de la víctima como ideales políticos, creencias religiosas o por la nacionalidad.
  • Agresiones verbales: Gritar, insultar, amenazas verbales, críticas al trabajo de la persona.
  • Rumores: Hablar mal de una persona o difusión de rumores.

Protocolo para la prevención del acoso moral, sexual y por razón de sexo

Ante esta problemática, y con el objetivo de erradicar el acoso laboral en las empresas, desde AYCE Laborytax diseñamos un protocolo para la prevención y el tratamiento del acoso moral, sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo para dotar a las compañías de una herramienta personalizada que les ayude a la implantación de las medidas preventivas necesarias.

En esta línea, ofrecemos información sobre otros servicios y recursos que están a disposición de las empresas para contribuir a la puesta en marcha de los mecanismos internos adecuados para prevenir y afrontar este tipo de conductas adaptándonos a las necesidades específicas de cada compañía.

El objetivo de este protocolo de acoso en el ámbito laboral desarrollado por AYCE Laborytax es definir las pautas que nos permitirán identificar una situación de acoso moral, sexual, por razón de sexo, o discriminación por embarazo o maternidad, con el fin de solventar una situación discriminatoria y minimizar sus consecuencias, garantizando los derechos de las personas implicadas.

En este protocolo se consideran dos aspectos fundamentales: la prevención del acoso y la reacción empresarial frente a denuncias por acoso, por lo que se dictaminan dos tipos de actuaciones:

  1. Establecimiento de medidas orientadas a prevenir y evitar situaciones de acoso laboral o susceptibles de constituir acoso.
  2. Establecimiento de un procedimiento interno de actuación para los casos en los que, aun tratando de prevenir dichas situaciones, se produce una denuncia o queja interna por acoso por parte de alguna persona.

¿Por qué tu empresa necesita un protocolo contra los diferentes tipos de acoso laboral?

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, prohíbe expresamente el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.

En su artículo 48 se establece, además, que las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.

A través de la realización de este protocolo, las empresas dejan constancia de su intención de llevar a cabo, en el marco de sus responsabilidades, cuantas medidas sean necesarias para impulsar un ambiente de trabajo libre de acoso, no permitiendo conductas de esta naturaleza.

Si necesitas implantar un protocolo para la prevención del acoso moral, acoso sexual y acoso por razón de sexo, ponte en contacto con AYCE Laborytax y nuestro equipo de asesores se encargará de ayudarte.

Quiero vuestra ayuda AHORA