Uno de los principales objetivos que persigue el sistema de Registro Horario Obligatorio, es evitar la realización de horas extras realizadas por los empleados, no remuneradas por parte de las empresas.

El problema, es que nos hemos comprobado que son muchos los empresarios que realmente no saben cuánto le cuestan las horas extras a sus empresas, por ello a través de este post hemos querido explicar cómo y a cuánto se deben pagar las horas extras realizadas por los empleados.


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Antes de nada: ¿Qué son las horas extras?

Las horas extraordinarias son las horas de trabajo que se realizan de manera voluntaria, una vez ha finalizado la jornada ordinaria de trabajo pactada por contrato o fijada por Convenio Colectivo, o en el Estatuto de los Trabajadores.

Si un trabajador trabaja más horas de las fijadas como jornada ordinaria, todas aquellas horas de más que esté realizando serán consideradas como horas extras.

Asimismo, la realización de horas extraordinarias es de carácter voluntario, por lo que cualquier empleado podría negarse a su realización, sin miedo a recibir una sanción disciplinaria por parte de la empresa.

También hay que decir que con el objetivo de preservar su descanso, la ley marca que el número máximo de horas realizadas al año no puede ser mayor de 80, a excepción de aquellas que estén destinadas a prevenir o reparar siniestros, así como otros daños extraordinarios de carácter urgente.

Los menores de 18 no pueden hacer horas extras, puesto que el máximo permitido para su jornada laboral de es 8 horas diarias.

Por último, es importante saber que la ley no permite realizar horas extras nocturnas.

¿Cómo se abonan y por qué importe, las horas extras?

Una de las principales dudas para los empresarios es saber cómo se pagan las horas extras y a que importe, para cumplir con la legalidad.

Lo primero que hay que saber es que la retribución de las horas extraordinarias puede realizarse mediante el pago de las mismas o mediante compensación, con descanso del trabajador, siempre que dicho descanso se disfrute dentro de los 4 meses siguientes a la realización de las horas extraordinarias.

Optar por un modo u otro dependerá del Convenio Colectivo de cada empresa, y en caso de que éste no detalle nada, podrá establecerse en el contrato individual del trabajador, o mediante acuerdo. Si no hay pacto al respecto, se entenderá que deberán ser compensadas con descanso.


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Remuneración de horas extra con dinero

Por Convenio Colectivo o acuerdo individual en el contrato de trabajo, se fijará la cuantía a la que deben retribuirse las horas extras; aunque en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria de trabajo.

Remuneración de horas extra con días libres u horas de descanso

Como empresario también tienes la opción de remunerar las horas extra con horas de descanso, durante los siguientes cuatro meses tras la realización de la hora extraordinaria.

En caso de que pasados esos cuatro meses el trabajador no hubiera disfrutado de sus horas de descanso, podría reclamar el abono de las horas extras en dinero, siendo necesario poder demostrar por escrito que las ha trabajado.

El tiempo de descanso equivalente a una hora extra trabajada debería detallarse en el Convenio Colectivo de la empresa, o de manera individual en el contrato de trabajo de cada empleado.

 

Conclusión

Es importante repasar que cada trabajador en España puede realizar un máximo de 80 horas extraordinarias al año, pudiendo negarse a su realización ya que es totalmente voluntaria, excepto cuando se trata de horas extras por fuerza mayor.

Asimismo, la remuneración de las horas extras puede llevarse a cabo tanto con abono de la cuantía pactada, como con horas de descanso, durante los siguientes 4 meses tras la realización de las horas extraordinarias.