Si tienes una empresa o eres un trabajador autónomo y vas a comprar un coche, es muy probable que te haya surgido la duda de si podrás o no deducir el IVA del coche de empresa para así ahorrarte una cantidad económica muy a tener en cuenta.

La realidad es que si compras un coche de empresa, efectivamente podrás deducirte el IVA, pero para ello es fundamental que cumplas con una serie de requisitos indispensables. Especialmente ahora que la deducibilidad del IVA de los vehículos de empresa, ha centrado los focos de las inspecciones por parte de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Conscientes de que la deducibilidad del IVA de los coches de empresa es un tema que genera mucha controversia, desde AYCE Laborytax queremos darte toda la información al respecto, así como indicarte cuáles son los requisitos que deberás cumplir si quieres deducir el IVA del coche profesional.

¿Quién está en disposición de deducir el IVA de un coche de empresa?

Todas aquellas personas profesionales o empresas reguladas en el artículo 5 de la Ley 37/1992 del IVA, estarán en disposición de deducirse el IVA de sus vehículos de empresa, siempre y cuando afecten directamente a sus actividades empresariales o profesionales:

  • Personas físicas y jurídicas que lleven a cabo una actividad empresarial o profesional.
  • Sociedades mercantiles.
  • Constructores, promotores y urbanizadores.

“Aquellos empresarios o profesionales que adquieran un vehículo que no afectará directamente a su actividad empresarial o profesional no podrán deducir las cuotas soportadas o satisfechas de IVA”.

En caso de inspección o comprobación por parte de la AEAT, habrá que justificar que efectivamente se trata de un vehículo afecto a la actividad empresarial o profesional. Una cuestión que puede resultar complicada, dado que entra en juego la propia interpretación por parte de la AEAT.

Es obligatorio que las cuotas del IVA a deducir se hayan devengado en España, así como que no superen las cuantías establecidas según la Ley del IVA.

¿Cuándo se puede deducir el 100% del IVA de un vehículo de empresa?

 

En aquellos vehículos que sí estén “afectos directa y exclusivamente a la actividad profesional”, sí se podrá deducir el 100% del IVA tras su adquisición. Además, cuando se trate de vehículos que se utilizarán de manera profesional exclusiva, también podrá deducirse el 100% del IVA de aquellos gastos ocasionados por su uso: gasolina, peajes, reparaciones, ITV, accesorios y piezas de recambio, gastos de aparcamiento, etc.

Si estás en disposición de demostrar que se trata de un vehículo cuyo uso es exclusivo para trabajar, podrás deducirte el 100% del IVA y de IRPF. Será considerado como una inversión.

En estos casos, debes tener en cuenta que todos los gastos deducibles deberán estar justificados mediante su correspondiente factura, así como que todos los costes deben quedar registrados en los Libros Registros de Compras y Gastos a efectos de IRPF, y en el Libro de Facturas Recibidas a efectos del IVA soportado.

¿Qué vehículos podrán deducir el 100% del IVA?

  • Vehículos mixtos destinados al transporte de mercancías o a la prestación de servicios de transporte de viajeros. (Taxis)
  • Vehículos destinados a la enseñanza de conductores. (Coches de autoescuela)
  • Vehículos destinados a la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o promociones de venta.
  • Vehículos destinados a realizar desplazamientos profesionales de representantes, agentes comerciales o servicios de vigilancia.

¿Se puede deducir el IVA de un coche de empresa con uso particular?

En caso de que seas una persona profesional o tengas una empresa, y vayas a adquirir un coche para utilizar tanto en tu actividad profesional como de forma particular, podrás deducirte el 50% del IVA del vehículo. Si por el contrario el coche no lo vas a utilizar en absoluto durante tu actividad profesional, no podrás deducirte ningún porcentaje de IVA.

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Este tipo de vehículos serán considerados como “no afectos directa y exclusivamente a la actividad profesional”, puesto que se utilizarán de manera simultánea para actividades profesionales y particulares.

Cuando se trata de vehículos no afectos directa y exclusivamente a la actividad profesional, el porcentaje deducible del IVA soportado de ciertos gastos relacionados con el vehículo será únicamente el 50%.

Consejos para acreditar el uso exclusivo del vehículo para la actividad profesional

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Para no sufrir ningún problema con la AEAT en cuanto a la deducción del IVA de un coche de empresa, existen algunos medios que te permitirán probar que el coche se utiliza única y exclusivamente para el desempeño de la actividad laboral:

  • Rotular el coche con los colores y el nombre de la empresa.
  • Reunir partes de trabajo.
  • Justificar todos los desplazamientos realizados.
  • Firmar un contrato de parking de la empresa con vigilancia durante las 24 horas.
  • Disponer de otro vehículo exclusivo para uso doméstico.

Conclusión

Tanto si tienes una empresa como si eres un trabajador autónomo, y adquieres un coche para desempeñar tu actividad laboral, podrás deducirte un importante porcentaje de IVA. En caso de que se trate de un coche exclusivo para uso laboral, podrás deducir el 100% del IVA del vehículo, mientras que si combinas el uso profesional con el particular, únicamente podrás deducir el 50% del IVA.

Los asesores fiscales de AYCE Laborytax, en caso de duda, recomiendan deducir únicamente el 50% del IVA soportado, evitando así cualquier problema o sanción por parte de la Agencia Tributaria.