Desde que el pasado 14 de marzo se decretase el Estado de Alarma por coronavirus en nuestro país, la mayoría de empresas han optado por la fórmula del teletrabajo para sus empleados, siendo una medida altamente recomendable por el Gobierno para prevenir posibles contagios, garantizar la salud de los trabajadores y mantener la actividad.
Pero a muchos empresarios, les surje la siguiente duda: ¿Es obligatorio seguir realizando el registro de la jornada laboral en el teletrabajo? La respuesta es sí. Las empresas siguen estando obligadas a registrar las jornadas laborales de sus trabajadores aunque sea a través del teletrabajo, tal y como establece el Real Decreto 8/2019 de 8 de marzo.
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El registro de la jornada laboral en el teletrabajo es obligatorio
El registro de la jornada laboral en el teletrabajo es obligatorio, lo que hace que las empresas tengan que implementar un sistema de registro horario informatizado para poder fichar ‘a distancia’, ya que a pesar de las dificultades que pueda presentar la situación, no haber tomado medidas preventivas no será una excusa válida.
Es más, no tener un registro de jornada laboral en el teletrabajo será considerado como una infracción grave, y las empresas podrán enfrentarse a sanciones que van entre los 626 y los 6.250 euros. Además, es obligatorio conservar los registros de los trabajadores durante un mínimo de cuatro años, estando a disposición de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, trabajadores y representantes legales.
La ley entiende que un teletrabajador tiene los mismos derechos y obligaciones que los que trabajan de forma presencial, y por tanto, deben cumplir con un horario rígido.
Esto es importante, ya que con el teletrabajo, son muchos los trabajadores que realizan horas de más de las que les corresponden. Precisamente para evitar estas situaciones y que el trabajador pueda disfrutar de su vida personal, se mantiene la obligación al registro de la jornada laboral también en el teletrabajo, y por tanto el derecho a la ‘desconexión digital‘, es decir, desconectar del trabajo fuera de su horario laboral.
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¿Cómo realizar el registro de la jornada laboral en el teletrabajo?
En la actualidad existen diferentes herramientas que permiten a las empresas registrar la jornada laboral del teletrabajo, sin necesidad de desplazarse, de una forma cómoda, sencilla y segura.
A continuación, te vamos a mostrar algunas de las más destacadas e implantadas en las empresas durante el coronavirus:
> Fichaje web
Una de las principales opciones para el registro de la jornada laboral en el teletrabajo es el fichaje web, que consiste en una página web que permite fichar al trabajador desde su equipo en casa.
Para garantizar la seguridad y evitar fraudes, estas webs vinculan a un usuario con un ordenador, que será desde donde tengan la obligación de fichar. De esta forma, nos aseguramos de que el teletrabajador se encuentra en su puesto.
> Aplicación web
También existe la posibilidad de fichar mediante una aplicación web con geolocalización. Ésta es una de las mejores opciones para el teletrabajo, y ya venía siendo muy utilizada por comerciales, repartidores y otros trabajadores ya trabajaban a distancia antes del Estado de Alarma.
La aplicación se vincula a un dispositivo mediante geolocalización, lo que permite ver en todo momento desde dónde han fichado los trabajadores.
> Fichaje telefónico
Aunque ésta es la opción más rudimentaria, también es una forma sencilla y eficaz. Se trata de fichar mediante una llamada telefónica del teletrabajador al responsable de recursos humanos de la empresa o al director/gerente.
Conclusión
Desde mayo de 2019 el registro de la jornada laboral es obligatorio en las empresas, y esto no cambia con el teletrabajo ni en tiempos de coronavirus. El registro de la jornada laboral en el teletrabajo es obligatorio, ya que de lo contrario sería considerado una falta grave sancionable.
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