prorrata del IVA y cómo se calcula

La prorrata del IVA afecta a la deducibilidad de las cuotas soportadas, y se muestra como una solución para aquellas empresas que realizan a la vez actividades que generan derecho la deducción del IVA, y otras que no otorgan este derecho.

La ley establece la deducibilidad de las cuotas soportadas en función del destino otorgado a los bienes y servicios adquiridos, así como en el uso que se haga de ellos para el desempeño de actividades que otorgan derecho a su deducción.

Todo esto queda materializado en un porcentaje conocido como “prorrata”, diferenciando entre la prorrata general y la especial.


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¿En qué consiste la regla de la prorrata del IVA?

Cuando se realizan operaciones con derecho a deducción y otras que no, las cuotas soportadas de dichas actividades únicamente se pueden deducir en una determinada proporción o prorrata, conocida como la regla de la prorrata del IVA.

Dicho esto, hay que diferenciar entre la prorrata general y especial:

> Prorrata del IVA general

La prorrata del IVA general se aplica cuando no se dan las condiciones para la especial, y es mucho más sencilla de aplicar.

Nos podríamos deducir el IVA de ambas actividades, pero únicamente en la proporción que nos resulte tras el siguiente cálculo:

IVA deducible = total de IVA soportado x el porcentaje de prorrata aplicable.

Para calcular el porcentaje de prorrata aplicable, utilizaremos el total de operaciones realizadas por ambas actividades en el ejercicio. Después, calcularemos el total de ventas o prestación de servicios, únicamente de la actividad que genera derecho a deducción del IVA.

En cualquier caso, ciertas cifras no entran en este cálculo:

  • Operaciones relacionadas con establecimiento permanentes.
  • Entregas y exportaciones de nuestros bienes de inversión.
  • Operaciones inmobiliarias o financieras que no constituyan nuestra actividad.
  • Operaciones no sujetas.
  • Afectaciones y desafectaciones de bienes de inversión.

Para las adquisiciones de bienes utilizados tanto para actividades con derecho como sin derecho a la deducción del IVA, se aplicará la prorrata general.

Y para terminar, en la última liquidación del ejercicio se regularizan las cuotas deducibles. En caso de que la prorrata de IVA definitiva difiera con el año anterior, tanto por arriba como por abajo, habrá que indicar dicha modificación en el modelo 303 del 4º trimestre.

Los contribuyentes afectados por prorrata están obligados a llevar libro de bienes de inversión.

> Prorrata del IVA especial

La prorrata del IVA es aplicable cuando el sujeto pasivo opte por su aplicación en plazo y forma, mientras que su aplicación será obligatoria cuando el importe de las cuotas deducibles en un año natural exceda en un 10%, tras aplicar la prorrata general. La prorrata especial se caracteriza por una deducibilidad de las operaciones más precisa.

Cuando se aplica la prorrata especial, hay que deducir únicamente el IVA soportado de las actividades con derecho a deducir el IVA, dejando a un lado las actividades que no tienen derecho a deducción del IVA. Esto significa que se deduce el 100% del IVA, o no se deduce nada. Respecto a los gastos comunes, serán deducibles atendiendo al porcentaje de prorrata general.


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¿Cómo saber qué modalidad de prorrata nos corresponde y qué plazos tenemos?

modalidad de prorrata y tipo de IVA

La prorrata general es la más habitual, excepto cuando se solicita expresamente la prorrata especial, o cuando al aplicar la prorrata generan deduzcamos una cifra un 10% superior, que si aplicásemos la prorrata especial.

En el caso de la opción de prorrata especial, se ejerce generalmente en la última liquidación de IVA del año. Aquí se regularizarían todas las deducciones practicadas a lo largo del ejercicio.

También se podría ejercer durante el periodo en que comenzamos la actividad, teniendo de plazo hasta que finalice el periodo para presentar la declaración – liquidación correspondiente al periodo en el que se produzca el comienzo de la realización habitual de entregas de bienes o prestaciones de servicios.

En cualquier caso, la prorrata especial tiene una validez de tres años, siempre y cuando no se revoque.

La prorrata y la contabilización del IVA

Aquellas cuotas de IVA soportadas que no hayan resultado deducibles, se contabilizarán como mayor importe de los bienes o servicios adquiridos. La diferencia se regulariza contras las cuentas 634 o 639 según proceda.

Cuando se haya calculado la prorrata definitiva, habrá que realizar un ajuste para calcular el importe que podremos deducir. Esto no significa que haya que ajustar las valoraciones de los bienes o servicios adquiridos.

La regla de la prorrata del IVA es fundamental para contabilizar y liquidar el IVA, estableciendo cuándo el IVA soportado es deducible.

 

Conclusión

La prorrata del IVA sirve para identificar el porcentaje de IVA deducible de aquellos profesionales que hayan realizado al mismo tiempo, actividades con derecho a deducción del IVA y otras que no. Por ello, esta regla únicamente es aplicable en algunos casos.