El permiso por intervención quirúrgica u hospitalización de un familiar es un derecho de los trabajadores pero desconocido para la mayoría, del cual se puede hacer uso y disfrute cuando un familiar sea intervenido quirúrgicamente en un centro sanitario.

Desde AYCE Laborytax queremos aclarar todas las dudas sobre este permiso por intervención quirúrgica u hospitalización, como la manera en que se computan los días de permiso, la posibilidad de prorrogarlo en caso de que la enfermedad se extienda en el tiempo, o si se puede continuar disfrutando de él cuando el familiar reciba el alta hospitalaria. Toma nota.

¿Qué es el permiso por intervención quirúrgica?

El permiso por intervención quirúrgica hace referencia al derecho que tiene cualquier empleado a ausentarse de su puesto de trabajo, debido a la intervención quirúrgica o a la hospitalización de un familiar.

Este permiso surge por una situación de necesidad y, que tal y como marca el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37), un trabajador dispone de un permiso de dos días en su puesto de trabajo en caso de fallecimiento, accidente, enfermedad, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, de un familiar hasta de segundo grado de consanguinidad.

Además, en caso de que se requiera de desplazamiento mayor de 200 kilómetros, el número de días se aumentará de dos a cuatro, según lo establecido por el Tribunal Supremo.

Aún así, es recomendable revisar el Convenio Colectivo de cada sector empresarial, para comprobar el número de días reconocidos en el permiso por intervención quirúrgica.

Los trabajadores pertenecientes al sector público, deberán acudir al Estatuto Básico del Empleado Público para conocer los días disponibles.

¿Existe el permiso por intervención quirúrgica sin hospitalización?

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Según la AN EDL 2017/80739, en caso de que el familiar sea intervenido quirúrgicamente pero no sea ingresado en el hospital, el empleado también podría disfrutar de dicho permiso por intervención quirúrgica, siempre y cuando sea necesario que el familiar guarde reposo domiciliario.

Esta circunstancia se debe a que con frecuencia el alta hospitalaria no va acompañada de la alta médica, siendo fundamental para la recuperación del paciente que guarde reposo en su domicilio, evitando la realización de cualquier tarea que pudiera poner en riesgo su bienestar.

¿Cómo computan los días de permiso?

El Estatuto de los Trabajadores establece que los días de permiso por intervención quirúrgica computarán como días trabajados, por lo que el empleado no tendrá que recuperarlos en el futuro.

Aquí hay que destacar que los días de permiso únicamente se refieren a días laborables, por lo que no pueden solaparse con los días de descanso.

Esto es así porque se entiende que el permiso por hospitalización o intervención quirúrgica se da para que el empleado pueda atender al familiar afectado, situación que le impide presentarse en su puesto de trabajo, de manera remunerada.

¿Quiénes son los familiares hasta de segundo grado de consanguinidad?

Como ya hemos dicho, se podrá ejercer este derecho siempre y cuando el familiar intervenido sea hasta de segundo grado de consanguinidad.

Pero, ¿quiénes son los familiares que se incluyen dentro de este grupo?

El permiso por intervención quirúrgica podría ser solicitado por enfermedad del cónyuge, hijos, hermanos, padres, suegros, cuñados, yernos, nueras, abuelos, abuelos del cónyuge y nietos.

¿Qué ocurre si se dan diferentes hospitalizaciones por la misma enfermedad?

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Podría darse el caso de que un mismo familiar fuese intervenido u hospitalizado varias veces, por la misma enfermedad.

Ante esta situación, aunque el trabajador hubiese ejercido el permiso con anterioridad, podría volver a ejercerlo sin ningún problema.

Cada hospitalización, aunque sea por la misma enfermedad, es reconocida como una causa distinta, permitiendo ejercer varios permisos laborales por intervención quirúrgica suya o de un familiar de manera sucesiva.

El disfrute de los dos días a los que da derecho el permiso por intervención quirúrgica se podrá llevar a cabo de manera alterna o consecutiva, teniendo el trabajador que avisar al empresario con antelación, presentando además el justificante de dicha hospitalización, en el que tendrá que aparecer la fecha del ingreso, y el cual se podrá obtener en el propio hospital.

 

Conclusión

A continuación, resumimos los puntos más importantes sobre el permiso de intervención quirúrgica u hospitalización para que disfrutes de este derecho cuando estimes necesario:

  • No es necesario ejercer el permiso el primer día de hospitalización del familiar, siendo el empleado el que decidirá cuándo disfrutar del permiso mientras dure la hospitalización.
  • El alta hospitalaria no significa la finalización del permiso. Este acabará cuando el familiar obtenga el alta médica.
  • El permiso está disponible por cada familiar y por cada hospitalización.
  • Los días computan como días naturales, trabajados por el empleado. No se tendrán que recuperar.
  • Las parejas de hecho no están reconocidas como cónyuges, a no se que el convenio colectivo de tu empresa les equipare los mismo derechos.
  • Si se requiere un desplazamiento superior a 200 kilómetros, el permiso será de cuatro días.

Si deseas obtener más asesoramiento laboral, ponte en contacto con los consultores de AYCE Laborytax y resolveremos tus dudas.