El presente año 2018 viene con novedades en la regulación de la cuota de autónomos a la Seguridad Social.

Las modificaciones atañen, especialmente, al aumento de la base de cotización de los autónomos. Medidas todas ellas introducidas por la Ley que se aprobó en 2017 sobre la Reforma del Trabajo Autónomo.

La nueva Ley de Autónomos modifica, entre otras normas, el Reglamento General sobre Cotización de la Seguridad Social, del año 1995. A continuación, te exponemos los cambios más significativos para despejar todas tus dudas.

Todo sobre los cambios en las bases de cotización de la cuota de autónomos a la Seguridad Social para 2018

La diferencia más relevante respecto a la regulación anterior, viene dada por el número de veces que se puede solicitar la ampliación de las bases máximas de cotización en el curso de cada año natural, que pasa de dos, a cuatro veces.

Por lo tanto, aquellos interesados que se planteen un aumento de la base de cotización de autónomos, tendrán el doble de opciones para hacerlo.

Si te planteas empezar a labrarte una mejora en la cantidad a percibir al llegar la jubilación, existe un modo sencillo para conseguirlo, siempre que cumplas con las condiciones requeridas.

Aclarando dudas: ¿Qué es la cuota de autónomos y la base de cotización?

Antes de proseguir, aclaramos los conceptos de “cuota de autónomos” y “base de cotización”, pensando especialmente en aquellos que estén iniciando su andadura en este peculiar régimen de la Seguridad Social.

⇒ CUOTA DE AUTÓNOMOS

La cuota de autónomos es la cantidad mensual que abona el trabajador a la Tesorería General de la Seguridad Social para hacer frente a las distintas coberturas. Se trata de una cantidad porcentual calculada sobre la llamada base de cotización.

⇒ BASE DE COTIZACIÓN

Por su parte, la base de cotización hace referencia a la remuneración mensual bruta que se obtiene con el trabajo realizado.

Pues bien, el Gobierno establece cada año, a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, los límites mínimos y máximos que esa base de cotización determinada por el autónomo no podrá rebasar.

Concretamente, la base mínima a partir del 1 de enero de 2018 se fija en 919,80 euros y la máxima en 3.751,20 euros.

Como adelantábamos, dentro de los márgenes mínimo y máximo citados, el trabajador autónomo español va a poder cambiar la base de cotización inicialmente determinada. Aquí es donde aparece la principal novedad, y es que éste cambio en la base de cotización, se podrá hacer hasta en cuatro ocasiones cada año.

Eso sí, es preciso realizar dicho cambio según dispone el nuevo artículo 43 bis añadido al articulado del Reglamento de Cotización antes mencionado, respetando una serie de requisitos.

Requisitos para la solicitud de cambio en la base de cotización del autónomo en 2018

Cambios en la base de cotización al ampliar la cuota de autónomos a la SS

⇒ De plazo:

Se fijan determinados períodos de tiempo para presentar la solicitud, dependiendo de la fecha en que se desee que comience a surtir efecto el cambio. Concretamente:

  • Presentación del 1 de enero al 31 de marzo, para surtir efectos a partir del 1 de abril.
  • Presentación del 1 de abril al 30 de junio, para surtir efectos a partir del 1 de julio.
  • Presentación del 1 de julio al 30 de septiembre, para surtir efectos a partir del 1 de octubre.
  • Presentación del 1 de octubre al 31 de diciembre, para surtir efectos a partir del 1 de enero del año siguiente.

⇒ De solicitud:

La solicitud para aumentar la cuota de autónomos y ampliar la base de cotizaciones sociales puede ser presentarse por el interesado de dos formas:

  • Presencial, en cualquier Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Telemática, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, siempre que se disponga de un certificado digital, o usuario y contraseña, en su defecto.

Cuestión distinta es la subida de la cuota de autónomos en 2018, que va a afectar a aquellos autónomos que sean administradores de sociedades, incluso las de carácter unipersonal.

Con la nueva regulación verán incrementada su cuota en 14 euros mensuales o, lo que es lo mismo, 168 euros anuales; lo que supone una subida del 4 %.

¿Quién puede solicitar un aumento en la base de cotización de autónomos?

Pueden realizar esta solicitud de aumento en la base de cotización de autónomos todos los trabajadores que tengan esa especial condición.

Es imprescindible para su petición que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social como trabajadores por cuenta propia o autónomos, y siempre y cuando no estén ya cotizando por alguna de las bases máximas establecidas.

No obstante, aquellos trabajadores autónomos que sí se encuentren cotizando por cualquiera de las bases máximas podrán solicitar que su base de cotización se incremente de forma automática en el mismo porcentaje en que se aumenten esas bases máximas.

Incluso, los trabajadores autónomos que no estén cotizando por alguna de las bases máximas podrán solicitar que su base de cotización experimente un aumento automático en el mismo porcentaje en que se incrementen las bases máximas de cotización.

En cualquier caso, la nueva regulación establece expresamente que, de ningún modo, la base de cotización elegida podrá superar el límite máximo establecido en cada caso para el trabajador.

Ante cualquier duda, como siempre, puedes consultar con nuestros asesores de AYCE Laborytax.