La UE aplaza el control del IVA en el comercio electrónico

En la última reunión del Eurogrupo celebrada en el mes de mayo en Bruselas, la Comisión Europea decidió aplazar el control del IVA del comercio electrónico seis meses más de la fecha que estaba prevista.

De este modo, el control del IVA del comercio electrónico entrará en vigor a partir de julio de 2021, y no en enero de 2021, como estaba previsto inicialmente.

Una medida que sin duda, fue tomada debido a las dificultades económicas que están atravesando tanto las empresas como los Estados miembros de la Unión Europea.


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El control del IVA del comercio electrónico, aplazado hasta julio de 2021

La normativa que establece el control del IVA del comercio electrónico requiere de la implantación de procedimientos de gestión y control del IVA de una tienda online por las empresas y Estados miembros. Una implantación que estaba prevista para el 1 de enero de 2021, y que como decimos, ha sido aplazada seis meses.

Con estos cambios del IVA en España y en el resto de Estados miembros de la UE, habrá más tiempo para preparar la implantación de las nuevas normativas del IVA del comercio electrónico, ya que resultaba muy complicado que se llegara a tiempo a la fecha prevista inicialmente.

Esta directiva sobre el comercio electrónico establece en 10.000 euros el umbral por el cual se tributará en el país de destino. Una diferencia muy significativa, si tenemos en cuenta que hasta ahora el umbral en España estaba en 35.000 euros según la fiscalidad del comercio electrónico. Además, también se amplía el sistema de identificación de los empresarios para que no tengan que identificarse ni darse de alta en cada Estado de consumo.

De este modo, a partir de julio de 2021, las plataformas de comercio electrónico estarán obligadas a recaudar e ingresar el IVA de los productos electrónicos en España que hayan vendido. Una medida cuyo principal objetivo es evitar los fraudes que se venían cometiendo en la importación de bienes realizados a consumidores europeos, así como mejorar la competencia entre los negocios dentro de la Unión Europea y los países extranjeros que hasta ahora no cargaban IVA.

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Se aplazan los plazos para presentar e intercambiar información en el marco de la DAC6

Por otro lado, en esta misma reunión, la Comisión Europea propuso aplazar los plazos para presentar e intercambiar la información en el marco de la DAC6 (norma comunitaria que establece la obligación por parte de los intermediarios fiscales de declarar las operaciones que puedan considerarse como planificación fiscal agresiva, y que se produzcan en el ámbito internacional), y propone lo siguiente:

  • Retrasar la fecha de inicio del periodo para comunicar los mecanismos transfronterizos del Anexo IV de la DAC6 del 1 de julio de 2020 al 1 de octubre de 2020. En el caso de los mecanismos comercializables, el primer reporte periódico por parte de los intermediarios tendrá lugar el 31 de enero de 2021.
  • Retrasar la fecha del primer intercambio de información por parte de los Estados miembros sobre los mecanismos transfronterizos del Anexo IV de la DAC6, del 31 de octubre de 2020, al 31 de enero de 2021.
  • Retrasar la fecha de presentación de los mecanismos transfronterizos correspondientes al periodo transitorio del 31 de agosto de 2020 al 30 de noviembre de 2020.

La UE aplaza el control del IVA en el comercio electrónico

¿Cómo funciona el IVA en una tienda online?

En los últimos años, el comercio electrónico ha cobrado una gran importancia en el sector de la economía, ya que ha vivido un crecimiento espectacular.

Y, dentro del comercio electrónico, hay que diferenciar entre las operaciones que se realizan en su totalidad por medios electrónicos, incluyendo la recepción de los productos comprados por el cliente, y las que se compra a través de Internet, pero se recibe un producto físico.

En el primer caso, se trataría de servicios prestados por vía electrónica, como podría ser la descarga de un programa informático, de un videojuego o de un ebook, mientras que en segundo, consistiría en la compra de un producto físico a través de Internet, que se recibe en el domicilio.

Dicho esto, el IVA de una venta online en el extranjero se grava en el país de destino, lo que significa que si una tienda online española vende un producto a un cliente francés, será en Francia donde se aplique e ingrese el impuesto.

Conclusión

En definitiva, la entrada en vigor del mecanismo de control de IVA del comercio electrónico en la Unión Europea -por el momento – se ha retrasado seis meses, hasta el 1 de julio de 2021.

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