El verano ya está aquí y cada vez falta menos para que podamos disfrutar de las tan ansiadas y merecidas vacaciones, que nos permitan desconectar de la rutina. Sin embargo, las empresas no podrán marcharse de vacaciones de verano sin antes haber dejado todas sus obligaciones fiscales a punto.

Y es que, el mes de julio es uno de los más importantes en cuanto a las obligaciones fiscales de empresas se refiere, ya que junto a enero, es el mes en el que más modelos tributarios se deben presentar.

Julio coincide con la finalización del segundo trimestre del año fiscal, y por tanto hay que declarar todas las operaciones financieras de las empresas como: el IVA y el IRPF. Además, en julio también habrá que pagar el Impuesto de Sociedades.

Conscientes de su importancia, hemos preparado una pequeña guía con las obligaciones fiscales que deben afrontar las empresas con la llegada del verano.


Te Interesa:

Modificación de determinados modelos de IVA.


Obligaciones fiscales para empresas en julio 2019

Hasta el 22 de julio

> Declaración trimestral de IVA: 

Con fecha límite de 22 de julio de 2019, habrá que presentar los siguientes modelos:

  • Modelo 303 de IVA trimestral: se declara el IVA correspondiente a las facturas de venta y compra correspondientes al segundo trimestre del año (abril, mayo y junio).
  • Modelo 349: este modelo únicamente es de presentación obligatoria para aquellas empresas que realicen operaciones intracomunitarias. Se presenta trimestralmente.
  • Modelo 341: en este modelo se presentael reintegro de compensaciones en el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.

> Declaración trimestral de IRPF

También tendrás hasta el 22 de julio para presentar todas las retenciones de IRPF que se han aplicado a todas tus facturas emitidas durante los meses de abril, mayo y junio 2019.

  • Modelo 130: obligatorio únicamente para empresas que tengan que tributar bajo el régimen de estimación objetiva.
  • Modelo 131: modelo obligatorio para empresas que tributen en el régimen de estimación objetiva.
  • Modelo 111: modelo para las retenciones aplicadas a las nóminas de trabajadores, así como para las aplicadas en facturas de compra.
  • Modelo 115: necesario únicamente para empresas con un local de trabajo alquilado por una cantidad superior a los 900 euros anuales.

Hasta el 25 de julio

> Impuesto de Sociedades

Toda persona jurídica, empresa, asociación o entidad, tendrá hasta el 25 de julio para presentar el modelo 200 de Impuesto de Sociedades anual, que afecta a todo lo relacionado con el año 2018.

En el caso de aquellas empresas cuyo año fiscal no coincida con el año natural, tendrán que presentar el modelo 200 los seis meses siguiente al cierre del periodo impositivo.

Hasta el 30 de julio

> IVA 

Hasta el 303 de julio, puede presentarse el Impuesto sobre el Valor Añadido del modelo 322 (para el grupo de entidades con el modelo individual) o el modelo 353 (para el grupo de entidades con el modelo agregado).

Obligaciones fiscales para empresas en agosto 2019

Hasta el 20 de agosto

> IVA

  • Modelo 340: declaración de operaciones incluidas en los libros de registro del IGIC y otras operaciones realizadas durante el mes de julio 2019.
  • Modelo 380: declaración de las operaciones asimiladas a las importaciones en julio de 2019.

> Impuestos Especiales de Fabricación

  • Modelo 510: declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados.

>  Impuesto especial sobre electricidad

  • Modelo 560: autoliquidación de este impuesto para las grandes empresas.

Hasta el 30 de agosto 2019

> IVA

  • Modelo 303: autoliquidación del IVA de julio 2019.
  • Modelo 322: grupo de entidades, modelos individuales.
  • Modelo 353: grupo de entidades, modelo agregado.

 

Conclusión

Como ves y tal como te adelantamos al publicar el calendario fiscal 2019 para pymes y autónomos, el verano está cargado de obligaciones fiscales, que deberás dejar listas antes de marcharte de vacaciones. Unas obligaciones que se concentran principalmente en el mes de julio, cuando hay que afrontar las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF.

Si necesitas más información respecto a estas tributaciones, puedes ponerte en contacto con nosotros para que te facilitemos un servicio de asesoramiento a empresas integral.