FOGASA

En este nuevo post, el equipo de AYCE Laborytax trata aquellas situaciones en las que interviene FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) y la cantidad que pueden llegar a alcanzar sus indemnizaciones.

Un tema que puede resultar realmente útil e interesante si tienes una indemnización o una serie de salarios pendientes de abono por parte de tu empresa. Prepárate porque ¡comenzamos!

¿Qué es FOGASA?

FOGASA son las siglas de Fondo de Garantía Salarial, un organismo autónomo de carácter administrativo y adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Su principal objetivo es compensar a aquellos trabajadores que, debido a la insolvencia de su empresa, tienen una indemnización o una serie de salarios pendiente de cobro.

Creado a partir del artículo 31 de la Ley 16/1976 de 8 de abril, es la Institución de garantía de los créditos salariales ante la insolvencia del empleador.

El FOGASA ofrece apoyo a los trabajadores, pero también a aquellas empresas que se encuentran en situación de crisis, abonando una serie de cantidades, con el objetivo de mantener los empleos y favorecer la continuidad empresarial.

¿Qué salarios abona FOGASA?

Como ya hemos comentado, el Fondo de Garantía Salarial se encarga de abonar los salarios pendientes de cobro a trabajadores, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:

  • El trabajador pertenezca a una empresa que haya sido declarada por parte del juzgado como insolvente, o haya entrado en concurso de acreedores.
  • La cantidad pendiente de cobro debe estar reconocida en el acta de conciliación previa a la demanda o en una resolución judicial.
  • La cantidad máxima a abonar no supere el doble del SMI (Salario Mínimo Interprofesional) diario. El SMI diario actualmente está en 23,59 euros.
  • Únicamente se abonarán conceptos salariales, quedando fuera de los límites del FOGASA los pluses de carácter extrasalarial.

De esta manera, la cantidad máxima que abonará el Fondo de Garantía Salarial no superará en ningún caso los 120 días del doble del SMI, con el prorrateo de las pagas extras incluidas.

En caso de que el trabajador superase es cantidad, no podría reclamarla al FOGASA, tal y como establece el artículo 33 del Estatuto del Trabajador.

También hay que destacar que, para poder acceder a la reclamación del dinero por parte del FOGASA, previamente se tendrán que haber agotado todas las vías administrativas y judiciales posibles.

¿Qué indemnizaciones abona FOGASA?

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Para poder acceder a las indemnizaciones de FOGASA, también será necesario que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Reconocimiento judicial de la indemnización, ya sea a través de una sentencia, de un auto o de un acta de conciliación judicial.
  • La cantidad a abonar no puede superar la anualidad, ni exceder el doble del SMI, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

A la hora de calcular la indemnización que podría recibir un trabajador por parte del FOGASA a causa de despido, habrá que tener en cuenta el tipo de despido:

  • Despido nulo o improcedente: Ante este tipo de despido, tal y como recoge el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, se procedería al pago de 33 días por cada año trabajado.
  • Despido por causas objetivas: Aquí el límite sería de 20 días por año trabajado.
  • Extinción de contrato temporal: En este caso dependería del año en el que se produjo la firma del contrato. Si se firmó después del 1 de enero de 2011, el límite sería de 8 días, aumentando de manera progresiva un día cada año, hasta llegar a un máximo de 12.

¿Cómo acudir al FOGASA?

Si decides acudir al FOGASA, previamente deberás iniciar una serie de procedimientos judiciales, siendo indispensable que la empresa haya sido declarada como insolvente por el Juzgado de lo Social o haya entrado en concurso de acreedores.

El trabajador pendiente de cobro tendrá que presentar la demanda en el juzgado, pudiendo darse dos escenarios diferentes:

  • La empresa reconoce la deuda, pero no la abona: Aquí se ejecutará el reconocimiento en el Juzgado de lo Social, y será el juez el que tendrá que comprobar los bienes de la empresa y decretar su embargo.

Si no hay nada que se pueda embargar, la empresa quedará declarada como insolvente, pudiendo entonces comenzar los trámites para acceder a la indemnización del FOGASA.

  • La empresa no reconoce la deuda: En este caso, el trabajador tendrá que presentar una demanda frente a la empresa en el Juzgado de lo Social., hasta que se dicte sentencia reconociendo la indemnización y cantidades debidas.

Plazos para reclamar al FOGASA

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Todo trabajador dispone del plazo de un año para acudir al FOGASA, desde el momento en que la empresa ha sido declarada en situación de insolvencia o desde que se ha recibido el certificado de la administración concursal.

En el caso de los concursos de acreedores, los trabajadores no tendrán que esperar a su finalización, pudiendo solicitar el certificado que emitirá el administrador nombrado por el juez, iniciando a partir de ahí la tramitación y, en algunos casos, llegando a cobrar parte de la deuda.

Cuando se haya presentado la documentación correspondiente, el FOGASA contará con un plazo de entre dos y tres meses para dar una respuesta, reconociendo o denegando la cantidad solicitada.

Si no hubiese respuesta pasado ese tiempo, se entendería como silencio administrativo que acepta la responsabilidad del pago de la deuda.

 

Conclusión

En definitiva, si tienes una serie de salarios o indemnizaciones pendientes de pago por parte de tu empresa y no existen garantías de pago, la solución está en acudir al FOGASA.

Si te encuentras en esta situación y todavía te queda alguna duda respecto a las cantidades a abonar, los límites o la manera de solicitar la indemnización, en AYCE Laborytax estaremos encantados de asesorarte en todo lo que necesites. Contacta con nosotros.