La Agencia Tributaria ha recordado a los contribuyentes que las donaciones por Covid-19 son deducibles en sus declaraciones fiscales y por tanto, ofrecen una serie de beneficios fiscales, independientemente de que se hayan realizado tanto en metálico como en especie.

Eso sí, los beneficios fiscales de las donaciones por Covid-19 podrán deducirse el año que viene, cuando se realice la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio 2020.

Donaciones por COVID-19


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Donaciones por Covid-19: beneficios fiscales

El pasado 20 de abril la Agencia Tributaria publicó una nota sobre los donativos al Tesoro Público para financiar gastos por el coronavirus como la compra de material, equipamientos, contratación de personal sanitario,…etc., en la que recordaba a todos los contribuyentes que las donaciones por Covid-19 van acompañadas de una serie de beneficios fiscales, puesto que son gastos totalmente deducibles en la declaración de la Renta.

De esta forma, en el IRPF, las donaciones por coronavirus tendrán una deducción del 75% sobre la cuota íntegra del impuesto, para donaciones de hasta 150 euros. Las donaciones superiores a 150 euros tendrán derecho al 75% en los primeros 150 euros, y un 30% para el resto del importe.

Esto significa que, si una persona dona 500 euros, podrá deducirse el 75% de los primeros 150 euros, recuperando un total de 112,5 euros. De los 350 euros restantes podrá deducirse el 30%, de los cuales recuperaría 105 euros. Dicho esto, de los 500 euros iníciales recuperaría un total de 217,5 euros.

Por otro lado, aquellos que contribuyan por el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) con establecimiento permanente, podrán aplicarse una deducción del 35% sobre la cuota íntegra del impuesto en las donaciones dinerarias por Covid-19.

Respecto a las donaciones en especie por Covid-19, podrán deducirse el valor contable en función de las normas del Impuesto sobre el Patrimonio. La base de estas deducciones no podrán superar el 10% de la base imponible del periodo impositivo. Las cantidades que superen este límite podrán deducirse en los periodos impositivos que concluyan en los diez años siguientes y sucesivos, mientras que las cantidades no deducidas se aplicarán en las liquidaciones de los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

¿Cómo justificar una donación por Covid-19?

Las donaciones por coronavirus se justificarán mediante un certificado emitido por la Administración del Estado, donde aparecerán el número de identificación fiscal y los datos de identificación personal tanto del donante, como de la entidad a la que se le ha realizado la donación.

Una vez realizada la donación, la organización a la que hayas realizado la donación deberá hacerte llegar un certificado en el que aparecerá el importe y la fecha de la aportación. Este certificado servirá para demostrar que efectivamente realizaste dicha donación, en caso de que hubiera cualquier error y no apareciese en tu borrador de la Agencia Tributaria.

En cualquier caso, la Agencia Tributaria también aprovechó esta nota para recordar que a partir de enero de 2021 la Administración presentará el modelo 182 de declaración informativa anual de donaciones, para la declaración de los donativos realizados durante 2020.

¿Qué beneficios fiscales tienen las donaciones por coronavirus realizadas por personas físicas?

Respecto al micromecenazgo, los beneficios serán los mismos que para una empresa o autónomo, pudiendo deducirse un 75% de los primeros 150 euros, y un 30% en caso de cantidades superiores.

 

Por otro lado, en cuanto a fidelización, en las donaciones se podrá aplicar una deducción del 35%, siempre y cuando los donativos realizados fueran de la misma o una cantidad superior, a la misma entidad, dentro de los dos periodos impositivos anteriores y consecutivos. El límite de esta deducción es el 10% de la base liquidable en el IRPF.

Donaciones por COVID-19

 

Conclusión

Las donaciones por Covid-19 tienen una serie de beneficios fiscales muy interesantes, que además de permitirnos ayudar a diferentes entidades y colectivos de nuestro país a combatir esta crisis por coronavirus; suponen una serie de ventajas en la Declaración de la Renta.