Desde el pasado 5 de abril todos los contribuyentes deben rendir cuentas con Hacienda y presentar la declaración de IRPF 2017. Desde AYCE Laborytax hemos querido hacer un repaso a aquellos apartados que se muestran más importantes y hay que prestarles una especial atención, pero que habitualmente acaban cayendo en el olvido.
Si quieres evitar contratiempos innecesarios, no desperdiciar ningún beneficio fiscal y, en definitiva, no sufrir problemas en esta campaña de la Renta, presta atención y toma nota. Te indicamos las casillas que no deberás pasar por alto.
Casillas que sí o sí debes revisar bien en la declaración de IRPF 2017 antes de su presentación
#1 – Alquiler de vivienda habitual
Aunque la deducción por el alquiler de la vivienda habitual se suprimió en 2013, todavía se mantiene para aquellos contratos que se firmaron hasta el 31 de diciembre de 2014.
Esto significa que cualquier inquilino que viva en situación de alquiler y cuya firma del contrato se produjese antes del año 2015, siempre y cuando la renta no supere los 24.107 euros, puede deducirse un 10,05% de las cuotas abonadas durante el ejercicio anterior.
#2 – Planes de pensiones
Las cantidades aportadas a un plan de pensiones reducen la base imponible, por lo que es importante asegurarse de que el borrador de la declaración de IRPF 2017 así lo refleje.
Tras la última reforma fiscal, actualmente la cantidad máxima que se puede aportar es de 8000 euros, cuando dicha cantidad no sea mayor que el 30% de los rendimientos del trabajo y de las actividades económicas.
En el caso de las aportaciones de los cónyuges, si perciben menos de 8 000 euros de rendimientos al año, también se pueden deducir.
Hay que tener en cuenta que el ahorro fiscal que puede suponer este tipo de aportaciones es de entre un 19% y un 48% de la inversión realizada.
#3 – Gastos deducibles
Hay muchos gastos de los rendimientos de trabajo que se pueden deducir en la declaración de IRPF 2017 como, por ejemplo, los gastos ocasionados por una cuota sindical o por el alta en un colegio profesional, siempre y cuando el alta sea obligatoria y el importe no supere los 500 euros.
Lo mismo ocurre con los gastos abonados a un abogado por la defensa frente a una empresa, y con los gastos por movilidad geográfica, si antes de iniciar el empleo se estaba inscrito en la oficina de empleo.
Por otro lado, los trabajadores que sufran cualquier tipo de discapacidad, pueden desgravarse entre 3500 y 7750 euros, en función del tipo de discapacidad.
#4 – Venta de inmuebles
A las ganancias por venta de inmuebles que no tengan relación con ningún tipo de actividad económica, se les aplica un coeficiente de abatimiento, únicamente a la parte obtenida hasta el 20 de enero de 2006, hasta un importe máximo de 400 000 euros.
Quedan exentas de esta medida las personas mayores de 65 años y también las personas en situación de dependencia profunda.
Además, los mayores de 65 años podrían disfrutar de una exención por la venta de cualquier bien, si se da la circunstancia de que la cantidad obtenida por la venta vaya destinada a la creación de una renta vitalicia asegurada, con un límite de 240 000 euros.
#5 – Modificaciones de la situación familiar
El nacimiento, defunción o cualquier otro cambio en el estado civil del contribuyente afectan, además de al mínimo familiar y a una serie de deducciones familiares, a la reducción de la base imponible de las pensiones compensatorias a favor del cónyuge.
Aquí uno de los errores más habituales que se dan al realizar la declaración de IRPF es que los hijos menores de 25 años, o que sufran una discapacidad mínima de un 33%, y vivan con sus padres, presenten la declaración con rentas pequeñas que no superan los 1800 euros, o hayan obtenido rentas superiores a 8000 euros.
#6 – Familias numerosas y discapacidad
Las familias numerosas con algún miembro con discapacidad, así como los hogares monoparentales en los que haya dos hijos sin derecho a anualidad por alimentos, pueden disfrutar de unas importantes deducciones en la cuota del IRPF.
Para obtener la deducción por un hijo con discapacidad (1200 euros al año), es fundamental que tenga su propio NIF.
#7 – Viviendas vacías
En todas las Comunidades Autónomas con régimen común, a una vivienda o local vacío se les aplica una imputación de rentas inmobiliarias, que se trata de un ingreso equivalente a un porcentaje de su valor catastral.
Es importante revisar que las imputaciones no se apliquen a viviendas que ya no sean propiedad del contribuyente, que cuenten con diferentes titulares o estén habitadas por el ex cónyuge.
Por otro lado, la imputación de renta de los inmuebles urbanos que no sean vivienda habitual será del 2% de su valor catastral, siempre y cuando el valor no haya sido revisado en el marco de un procedimiento de valoración colectiva de carácter municipal, antes de 2007; si ha sido revisado imputará el 1,1% del valor catastral.
Este año es importante dejar reflejado en el nuevo anexo «C», las cantidades pendientes de aplicar en ejercicios futuros. En general, pérdidas o rendimientos negativos, bases liquidables negativas o excesos de aportaciones pendientes de compensar.
Conclusión
Estos son los 7 apartados de la declaración de IRPF 2017 a los que debes prestar una especial atención, ya que de lo contrario podrías renunciar a una serie de beneficios fiscales muy a tener en cuenta.
Si tienes dudas, ponte en contacto con los asesores fiscales de AYCE Laborytax que te ayudarán a realizar tu declaración y garantizar que todo sea correcto.
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