Una sanción tributaria es una penalización por cometer una infracción fiscal que no cumpla con la legalidad, la cual no tiene por qué ser una sanción monetaria. Se sancionará tanto la acción como la omisión, independientemente de que se haya actuado de manera intencionada o no.

Y tal y como establece la Ley Tributaria, las sanciones tributarias se dividen en leves, graves y muy graves, y recoge los factores y motivos que para clasificar una infracción en uno de estos grados, lo que determinará la correspondiente sanción que conllevan estas infracciones.

La normativa tributaria española destaca dos motivos por encima del resto para determinar la gravedad de las sanciones tributarias; la ocultación de datos y el uso de medios fraudulentos.

Nos referimos a la ocultación de datos cuando no se presenta una declaración, así como cuando se ha presentado ocultando datos o introduciendo datos falsos que inciden directamente en la determinación de una deuda tributaria. Para ello, la incidencia de la deuda derivada por la ocultación debe ser mayor al 10%.

Mientras que el uso de datos fraudulentos se divide en tres grandes áreas:

  • Anomalías en la contabilidad y libros de registro.
  • Empleo de facturas u otros documentos falsos.
  • Uso de personas o entidades interpuestas.

Clasificación de las sanciones tributarias: leves, graves y muy graves

Cuando Hacienda detecta una infracción fiscal, el importe de la sanción tributaria depende de si es una infracción leve, grave o muy grave. Esto significa que el contribuyente además de abonar la cantidad correspondiente a la autoliquidación, también tendrá que enfrentarse a una penalización.

Infracción tributaria leve

Una infracción fiscal se considerará como leve cuando la base de la sanción no supere los 3.000 euros, independientemente de que exista o no ocultación o uso de datos fraudulentos.

Asimismo, también se considerará leve si supera los 3.000 euros, pero no existe ocultación.

Un ejemplo de infracción tributaria leve sería no entregar el certificado de retenciones o ingresos a cuenta.

En estos casos, la infracción se penalizará con una multa económica correspondiente al 50% de la base de la sanción.

Infracción tributaria grave

Las infracciones tributarias serán graves cuando la base de la sanción supere los 3.000 euros y exista ocultación.

Además, independientemente de la cuantía, también se considerará como infracción grave los siguientes casos:

  • El uso de facturas, justificantes y otros documentos falsos, siempre y cuando la infracción no supere el 10% de la sanción.
  • Anomalías en los libros de contabilidad con un porcentaje de entre el 10% y el 50% de la base de la sanción.
  • Cantidades retenidas o ingresos a cuenta cuyo importe sea igual o superior al 50% de la base de la sanción.

Una sanción tributaria grave sería solicitar una devolución a la Agencia Tributaria, cuando la declaración realmente debería salir a pagar.

Las infracciones tributarias graves tendrán una sanción mínima del 50% de la infracción, que podría llegar al 100%.

Infracción tributaria muy grave

Siempre serán sanciones muy graves aquellas infracciones en las que se utilicen medios fraudulentos, independientemente de la cuantía, así como no ingresar cantidades retenidas o ingresos a cuenta cuyo importe supere el 50% de la base de la sanción.

No comunicar de forma correcta datos al pagador de rentas sujetas a retención sería una infracción muy grave.

Las infracciones muy graves tendrán una sanción tributaria del 100% al 150%.

Otros tipos de sanciones tributarias

Más allá de las que acabamos de repasar, el artículo 80 de la Ley General Tributaria recoge otros tipos de sanciones tributarias:

  • Multas pecuniarias de cuantía fija:

Las sanciones pecuniarias de cuantía fija se aplican a aquellas infracciones que no provocan un perjuicio económico a la Hacienda Pública

  • Multas pecuniarias proporcionales:

Las sanciones pecuniarias de cuantía proporcional se aplican a las infracciones que sí provocan un perjuicio económico a la Hacienda Pública. El porcentaje se aplica a la base de la sanción, que será la cantidad no ingresada, de la cual se ha solicitado indebidamente la devolución, o ya se ha devuelto de manera indebida.

  • Multas no pecuniarias:

Las sanciones no pecuniarias se regulan como sanciones accesorias en caso de que la infracción tributaria se califique como grave o muy grave, y pueden ser las siguientes:

  • Pérdida de la opción para obtener subvenciones y/o ayudas públicas o beneficios fiscales de carácter rogado durante un plazo de hasta cinco años.
  • Prohibición de contratar con las Administraciones públicas durante un plazo de hasta cinco años.
  • Suspensión en el ejercicio de empleos o profesiones públicos por un plazo de hasta 12 meses.

Las principales infracciones tributarias en España

La mayoría de sanciones tributarias que se imponen en nuestro país se deben a las siguientes infracciones fiscales:

  • No llevar los libros contables de forma correcta.
  • Cometer fallos al hacer las facturas.
  • Presentar las declaraciones fiscales fuera del plazo previsto.
  • No ingresar o ingresar fuera de plazo impuestos como el IVA o el IRPF.
  • Pago incorrecto del resultado de un modelo fiscal.
  • Solicitar y/u obtener devoluciones, beneficios o incentivos fiscales de forma indebida.
  • Ocultar ingresos de un segundo pagador.
  • No comunicar el cambio de domicilio fiscal.
  • Confirmar el borrador de la declaración de la Renta con datos erróneos o incompletos.

Conclusión

Estas son las principales sanciones tributarias que te puede imponer Hacienda por cometer una infracción fiscal que debes conocer y tratar de evitar por todos los medios. Si tienes alguna duda al respecto, contacta con los asesores fiscales de AYCE Laborytax sin ningún tipo de compromiso.

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