Las empresas y autónomos con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid pueden acceder a las nuevas subvenciones para el fomento de la contratación de jóvenes en 2025. Estas ayudas, reguladas por la Orden de 05-12-2024 (BOCM 30-01-2025), ofrecen hasta 5.500 euros por contrato, con incentivos adicionales según las características del trabajador y del empleador.
En este artículo te explicamos quiénes pueden beneficiarse, qué tipos de contratación están subvencionados y los plazos para presentar la solicitud.
Plazo para solicitar la subvención
Las solicitudes pueden presentarse desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada anualidad, siempre que no se haya agotado el crédito presupuestario.
El plazo para presentar la solicitud será de un mes desde la fecha de alta de la persona contratada en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
¿Quiénes pueden beneficiarse de estas subvenciones?
Podrán acceder a estas ayudas los siguientes sujetos con centro de trabajo en la Comunidad de Madrid:
- Trabajadores autónomos
- Empresas
- Entidades sin ánimo de lucro
- Agrupaciones privadas y otras unidades económicas sin personalidad jurídica
Siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa.
Tipos de contratos subvencionables
El programa de subvenciones incluye tres líneas de actuación destinadas a fomentar la contratación de jóvenes:
Línea 2: Contratación estable de personas jóvenes
- Dirigida a la contratación indefinida y a tiempo completo de jóvenes menores de 30 años.
- Es requisito que los jóvenes estén inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y como demandantes de empleo durante al menos un mes antes de su contratación.
- La subvención es de 5.500 euros por contrato, con un límite de 10 contrataciones subvencionables por beneficiario al año.
Línea 3: Contrato formativo para prácticas profesionales
- Diseñada para impulsar contratos formativos que permitan a los jóvenes obtener experiencia profesional acorde a su nivel de estudios.
- Además de cumplir los requisitos generales, los jóvenes deben contar con un título universitario o equivalente.
- La subvención es de 5.500 euros por contrato a tiempo completo.
Línea 4: Contrato de formación en alternancia
- Destinada a jóvenes que carecen de una cualificación profesional reconocida.
- Se fomenta la contratación en régimen de formación en alternancia, en la que el empleo esté vinculado a la formación recibida.
- La subvención es de 5.500 euros por contrato a tiempo completo.
Incremento de las cuantías
Las subvenciones pueden incrementarse en función de determinadas condiciones del trabajador contratado o de la empresa:
- 500 euros adicionales cuando la persona contratada es mujer.
- 500 euros adicionales si la persona contratada tiene hijos menores de 16 años o ascendientes a cargo en situación de dependencia.
- 1.000 euros adicionales en caso de familias monoparentales o monomarentales, o si el trabajador pertenece a una familia numerosa.
- 2.000 euros adicionales cuando se trate de la primera contratación realizada por un trabajador autónomo (aplicable solo a las líneas 1, 2 y 5).
- 1.000 euros adicionales si la empresa beneficiaria es una startup inscrita en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas.
Obligaciones de los beneficiarios
Las empresas o autónomos que accedan a estas ayudas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Mantener la relación laboral y el alta en la Seguridad Social durante un período mínimo de:
- 12 meses (360 días) en las líneas 2 y 4.
- 6 meses (180 días) en la línea 3.
Este periodo se contará a partir de la fecha de alta de la persona contratada en la Seguridad Social.
Conclusión: una oportunidad para empresas y autónomos en la Comunidad de Madrid
Las subvenciones para la contratación de jóvenes en 2025 representan una excelente oportunidad para empresas y autónomos con sede en la Comunidad de Madrid que buscan incorporar talento joven y beneficiarse de ayudas económicas atractivas.
Si cumples con los requisitos, no dejes pasar la oportunidad de acceder a estas ayudas. Presenta tu solicitud dentro del plazo establecido y aprovecha los incentivos disponibles.
Si tienes alguna duda, puedes consultarnos o revisar la normativa publicada en el BOCM del 30 de enero de 2025.
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