Si el resultado de su declaración de la renta de 2015 ha salido a ingresar, recuerde que tiene dos opciones, en primer lugar la opción de efectuar el ingreso de una sola vez, o bien en caso de necesidad puede fraccionar su importe en dos plazos sin intereses ni recargos.

Debe tener en cuenta que el primer pago corresponde al 60% de la cuantía, y si no solicita su domiciliación bancaria deberá efectuar el ingreso al presentar la declaración. Pero si en su caso opta por la domiciliación bancaria, hasta el día 30 de junio no se le cargará en cuenta el importe.

El segundo  pago es el que corresponde al 40% restante. Si no desea domiciliar este segundo pago deberá efectuar el ingreso hasta el día 7 de noviembre de 2016 pero en este caso es recomendable optar por la domiciliación, y de ese modo el día 7 de noviembre se le cargará en cuenta el importe.

Una cuestión importante que deben tener en cuenta es que para disfrutar de esta ventaja es necesario que la declaración del IRPF se presente dentro del plazo establecido y que no podrá fraccionarse en dos plazos el ingreso de las autoliquidaciones complementarias del IRPF.