Consultas temporales de la DGT

Una doctrina del Tribunal Económico – Administrativo posterior y contraria a la posición de la Dirección General de Tributos, NO puede aplicarse con carácter retroactivo, cuando el contribuyente ajustó su comportamiento al criterio previo recogido en una consulta vinculante.

Efectos vinculantes de una consulta cuando existe un criterio nuevo, contrario y posterior del Tribunal Económico – Administrativo

El contribuyente presenta su autoliquidación de IRPF en base a un criterio vinculante y reiterado de la Dirección General de Tributos (DGT), de aplicación a la fecha de presentación de la declaración.

Estando vigente el plazo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para efectuar la comprobación de la declaración, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) emite una resolución para la unificación de criterio en sentido contrario al establecido por la DGT.

La Administración, dentro del plazo legal de comprobación, dicta una liquidación, aplicando el nuevo criterio del TEAC y regularizando la situación del obligado tributario.

Esta liquidación se confirma por el Tribunal Económico-Administrativo Regional quién no se pronuncia sobre los efectos temporales de la consulta aplicada. Disconforme, el contribuyente recurre ante el Tribunal Superior de Justicia.

La cuestión jurídica objeto de debate es la posibilidad que tiene la Administración de ejercitar las facultades de comprobación y liquidación de un impuesto, como consecuencia de la alteración sobrevenida de un criterio tributario, que fue vinculante durante el período impositivo en que se liquida el tributo.

El Tribunal, en base a los principios de seguridad jurídica y de protección de la confianza legítima, rechaza la posibilidad de que pueda realizarse una corrección retroactiva. Y puntualiza que el momento a partir del cual rige la nueva jurisprudencia o doctrina administrativa, es el relativo a los períodos posteriores a la fecha en que se produce el cambio de criterio.

Por tanto, en base a los fundamentos expuestos, se estima el recurso contencioso.

Consultas temporales de la DGT

Ejemplo de solicitud de contestación a una consulta

Para poder dirigirte al órgano correspondiente y presentar una solicitud de contestación a cualquier consulta, te dejamos un ejemplo de escrito:

«Don/Doña nombre y apellidos«, mayor de edad, con N.I.F. «número«, y domicilio, a efectos de notificaciones, en «calle, número, localidad, código postal«, actuando…

NOTA: A los efectos de la presentación y aportación de documentos y copias, y de su validez y eficacia ante la Administración debe tenerse en cuenta lo previsto en la LPAC art.27, 28, 53 y 66.3, que regula la presentación de escritos, documentos y solicitudes ante la Administración, la expedición de copias y la devolución de originales.

(En cada uno de los casos correspondientes, escoger el que adecúe a nuestra situación):

  • Si interviene en su propio nombre: en su propio nombre, comparece y, como mejor proceda,
  • Si interviene como representante: en representación de:
    • Si representa a una persona física: «Don/Doña nombre y apellidos del representado«, «estado civil«, con domicilio en «calle, número, localidad, código postal del representado» y N.I.F. «número de NIF del representado«, según documento adjunto, de cuyo original se aporta copia para su cotejo por el funcionario, comparece y, como mejor proceda,
    • Si representa a una entidad: la entidad denominada «nombre o razón social«, domiciliada en «calle, número, localidad, código postal de la entidad«, y con N.I.F. «número de NIF de la entidad«, según documento adjunto, de cuyo original se aporta copia para su cotejo por el funcionario, comparece y, como mejor proceda,

 EXPONE

«Primero.«

 NOTA: Facilitar el epígrafe del IAE a la Administración contribuye a ofrecer una descripción de la actividad del sujeto pasivo (técnico-jurídico-tributaria) que facilitará la labor interpretativa del centro directivo, pero, en el supuesto de que la duda girara, precisamente, sobre el encuadramiento de la actividad en el IAE, se deberá hacer una descripción lo más completa posible de la actividad a realizar y su ámbito geográfico de desarrollo (local, provincial, autonómico, pluriautonómico o nacional).

Que el consultante se dedica a la actividad de «somera descripción de la actividad y de su ámbito geográfico de desarrollo«, encuadrada en el Epígrafe «número de epígrafe de IAE» de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas aprobadas por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre.

 «Segundo.«

Que está considerando realizar, antes del «día, mes y año del final del plazo«, la siguiente operación «describir con el máximo detalle la operación de que se trate«.

«Tercero.«

Que a la vista de lo dispuesto en «precisar norma y precepto«, se le plantea la siguiente duda de aplicación de dicho precepto: «describir duda«.

 «Cuarto.«

Que, en consecuencia de lo anterior, y al amparo de lo previsto en el artículo 88 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT), mediante este escrito vengo a elevar consulta en relación con las siguientes cuestiones:

«Enumerar las cuestiones: 1. Primera cuestión, 2. Segunda cuestión,…etc.«.

«Quinto.«

Que la presente consulta se ha formulado antes de la finalización del plazo establecido para:

  • En caso de ejercicio de un derecho:
  • el ejercicio del derecho consistente en «describir el derecho al que se refiera la consulta«,
  • En caso de presentación de una declaración/autoliquidación:
  • la presentación de la – declaración- autoliquidación del «tributo/s a que se refiera la consulta«,
  • En caso de cumplimiento de una obligación tributaria:
  • el cumplimiento de la obligación tributaria consistente en «describir la obligación a la que se refiera la consulta«,

no habiéndose alterado las circunstancias, antecedentes y demás datos descritos en este escrito.

«Sexto.«

Que la presente consulta se formula en un momento en el que – se está tramitando- no se está tramitando un procedimiento, recurso o reclamación económico-administrativa relacionado con el régimen, clasificación o calificación tributaria planteado en la consulta.

En méritos a lo expuesto,

 SOLICITA

  1. Se sirva admitir el presente escrito – y la documentación que le acompaña y tenga por formulada consulta tributaria, en los términos anteriormente descritos.
  2. Disponga cuanto sea necesario para que se libre la oportuna contestación y se notifique al domicilio del consultante que figura en el encabezamiento.

En «localidad, a día, mes y año«.

Fdo. «nombre y apellidos del firmante«.

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS DEL MINISTERIO DE HACIENDA:

Nota:

En la hipótesis más general, el Centro Directivo ante el que corresponda plantear la consulta será la DGT. Consígnese, en otros supuestos, el competente en la materia (órgano autonómico o foral correspondiente).

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE «EL IMPUESTO QUE CORRESPONDA»

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS DE «LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CORRESPONDIENTE»

 


Si tienes cualquier duda al respecto de estas consultas o necesitas alguna aclaración más, puedes ponerte en contacto con cualquiera de nuestros asesores en alguna de nuestras oficinas.