Según el tipo de sociedad mercantil de la que se hable, los derechos y deberes a los que estarán sujetos los socios serán diferentes. Ahora bien, y específicamente en cuanto a los derechos de los socios, estos pueden encuadrarse dentro de dos tipos comunes a toda sociedad mercantil: los derechos patrimoniales (o económicos) y los derechos corporativos.

El desarrollo, tanto de derechos de los socios como de deberes en cada una de las sociedades mercantiles, se rige en el ordenamiento jurídico español según la Ley de Sociedades de Capital.

En esta ley queda delimitada la definición de cada una de las sociedades mercantiles que pueden crearse, cómo crear una sociedad mercantil, cuáles son las obligaciones de los socios de una Sociedad Anónima o Limitada, así como el derecho del socio en una Sociedad Limitada.

Si tiene claro en qué consiste cada una de las opciones societarias posibles, podrá elegir la que mejor cumpla con las necesidades mercantiles de su empresa.

¿Qué es una sociedad mercantil?

Es una entidad con personalidad jurídica creada con la finalidad de realizar operaciones comerciales sujetas al derecho de sociedades. Tendrán siempre, por tanto, un objetivo económico.

Tipos de sociedad mercantil

Sociedad limitada

La sociedad limitada (o sociedad de responsabilidad limitada) es la forma mercantil más habitual en España. Esto es debido, por una parte, a que las necesidades de capital mínimo se adecúan a la perfección a las posibilidades de una Pyme y, por otra parte, a la protección del patrimonio personal que se le asegura el empresario, que no tendrá que responder personalmente ante las posibles pérdidas de la sociedad.

Un tipo específico de sociedad limitada es la sociedad limitada unipersonal, compuesta por un único socio, pero para la que rigen las mismas normas que para la sociedad limitada genérica.

Otro tipo es la sociedad limitada laboral, en la que como mínimo el 51% de su capital pertenece a trabajadores de la empresa, con contrato indefinido y a jornada completa.

Sociedad anónima

El segundo tipo de sociedad mercantil más habitual en España es la sociedad anónima.

Las sociedades anónimas se reparten en acciones que pueden transmitirse libremente entre los socios de una sociedad anónima. La responsabilidad es proporcional al capital aportado.

Las sociedades anónimas pueden cotizar en bolsa. Determinadas actividades (seguros y bancos, entre otras) exigen este tipo de sociedad mercantil. Los trámites para su creación son más complejos y costosos que para la sociedad limitada.

También hay un tipo específico de sociedad anónima, la sociedad anónima laboral, con similares requisitos para su formación que los expuestos en el caso de la sociedad limitada laboral.

Sociedad colectiva

El tercer tipo de sociedad mercantil es la denominada sociedad colectiva. En esta, todos los socios que aportan capital además trabajan para la empresa y asumen su gestión.

En este caso, en relación a las obligaciones de los socios de la sociedad, sí tendrán que responder a las posibles pérdidas de la empresa con su patrimonio personal.

Sociedad comanditaria

Finalmente, el cuarto tipo de sociedad mercantil previsto en el ordenamiento jurídico español es la sociedad comanditaria. Es similar a la anterior con algunas salvedades. Por ejemplo, en la sociedad comanditaria uno o varios socios pueden estar exentos de la gestión de la empresa.

¿Cómo crear una sociedad mercantil?

Hay una serie de pasos comunes a la creación de la mayoría de las sociedades mercantiles que existen. Quedan expuestos en los siguientes puntos:

  • Denominación de la sociedad.
  • Solicitud de CIF.
  • Depósito bancario del capital social exigible.
  • Escritura notarial.
  • Pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • Inscripción en el Registro Mercantil.
  • Declaración de inicio de actividad.
  • Alta en el IAE.
  • Alta de la empresa en la Seguridad Social.
  • Alta en el Régimen Especial de Autónomos de quienes desempeñen cargos administrativos.
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Principales obligaciones y derechos de los socios de una sociedad mercantil

Todas las sociedades mercantiles generan una serie de obligaciones y derechos de los socios, tal y como se expuso brevemente al inicio de este artículo.

Los derechos patrimoniales o económicos se refieren tanto a las aportaciones de los socios a la sociedad como de la sociedad a los socios.

Entre los derechos patrimoniales figuran los siguientes:

  • Derecho a realizar aportaciones de capital.
  • Derecho a transmitir la calidad de socio (libremente en el caso de las sociedades anónimas, con consentimiento del resto de socios en los otros tipos de sociedad mercantil).
  • Derecho a participar de los beneficios.
  • Derecho al reembolso de las aportaciones (por reducción del capital social, o por abandonar el socio su participación en la sociedad).

Los derechos corporativos se refieren sobre todo a la actividad que el socio puede ejercer dentro de la sociedad mercantil.

Los más importantes son el derecho de voto, derecho a ocupar cargos, derecho a pedir cuentas a los administradores, etc.

En cuanto a las obligaciones de los socios de una sociedad mercantil, genéricamente son obligación de aportar el capital convenido, lealtad hacia la sociedad, sometimiento a la voluntad de la mayoría, etc.

El ordenamiento jurídico español prevé cuatro tipos genéricos de sociedades mercantiles, cada uno con las obligaciones y derechos de los socios correspondientes.

Como asesores mercantiles, estimamos que será aconsejable un tipo de sociedad u otro en función del número de socios, actividad de los mismos dentro de la empresa y tipo de actividad o sector económico al que pertenezca.

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