Declaración de la Renta

En plena campaña de la declaración de la renta 2017, cuya fecha límite para la presentación del borrador el próximo 27 de junio, hemos querido abordar una cuestión que afecta a todas aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo: ¿hay que realizar la declaración de la renta si se ha estado en paro?

La respuesta depende, ya que habría que analizar la situación de cada desempleado para saber si efectivamente está obligado a realizar la declaración o no.

Para empezar, lo que hay que tener claro es que estar parado no significa estar libre de realizar la declaración del IRPF.

La prestación por desempleo está considerada como un rendimiento del trabajo

Hacer Renta 2017 estando en paro

Para la Agencia Tributaria, cobrar el paro se entiende como un rendimiento íntegro del trabajo y es tratado de la misma manera que el cobro de una nómina, lo que significa que no está exento de tributar IRPF.

Aún así, al igual que estar en paro no significa estar libre de realizar la declaración, tampoco quiere decir que estés obligado.

Todo dependerá de las circunstancias de cada persona desempleada. Por esta razón, a continuación vamos a tratar todas ellas para que puedas salir de dudas y saber si tienes o no que presentar la declaración de la renta estando en el paro.

Supuesto 1> Personas desempleadas que no han trabajado en todo el ejercicio

Por lo general, aquellas personas que han estado en paro durante todo el ejercicio y el único ingreso que han recibido ha sido la prestación por desempleo, no estarán obligadas a hacer la correspondiente declaración, siempre que el importe percibido no supere los 22.000€.

Esto sería así siempre y cuando la persona no cuente con otra serie de ingresos, ya sea una renta por alquiler, el premio de un sorteo, una pensión,…etc.

En ese caso, habría que estudiar la situación a fondo, ya que existen múltiples variantes que podrían inclinar la balanza hacia un lado o hacia otro.

Supuesto 2> Personas que han estado en paro durante un periodo del año

La situación cambia para aquellas personas que únicamente han estado en paro durante un periodo a lo largo del año, ya que eso significaría que han tenido dos pagadores diferentes: una empresa y el SEPE.

¿Qué quiere decir esto? Tal y como marca la ley, si los ingresos recibidos por ambos pagadores han superado los 12.000 euros, siempre y cuando los obtenidos del segundo pagador superen los 1.500 euros, será obligatorio realizar la declaración de la renta.

Si en cambio se han tenido dos pagadores y entre ambos la cantidad recibida ha alcanzado los 22.000 euros, pero del segundo pagador únicamente se han recibido menos de 1500 euros, no estaría obligado a presentar la renta.

Supuesto 3> Personas que han recibido el paro en un solo pago

También podría darse el caso de una persona que haya recibido el cobro total del paro en un solo pago.

Aquí la persona desempleada quedaría exenta de presentar el borrador de la renta si el pago recibido no supera los 15.000 euros, ya que no tributaría IRPF.

Supuesto 4> Personas a las que el SEPE les retiene un bajo porcentaje de IRPF

El paro es considerado como una renta de trabajo, de la cual el SEPE retiene el porcentaje de IRPF establecido por ley.

Dicho porcentaje varía según el importe total que se vaya a recibir de las prestaciones a lo largo de un ejercicio, así como de las propias circunstancias personales y familiares de cada persona.

Supuesto 5> Personas que han cobrado una indemnización por despido

Desde el 1 de agosto del año 2014, todas aquellas indemnizaciones por despido que no superen los 180.000 euros quedan exentas de tributar IRPF, no siendo necesario incluir la cantidad recibida en la declaración de la renta.

Valora si la declaración de la renta sale a devolver

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Independientemente de que no se esté obligado a presentar la declaración, desde AYCE Laborytax recomendamos estudiar si saldría a devolver, ya que en ese caso sería beneficioso realizarla.

Si no se está obligado a hacer la declaración, se puede hacer sin ningún compromiso y presentarla únicamente si sale a devolver.

De este modo, se recuperaría la cantidad que la Agencia Tributaria ha cobrado de más a lo largo del ejercicio.

 

Conclusión

Si te encuentras en situación de desempleo, lo más recomendable para salir de dudas y asegurarte de no defraudar a Hacienda, es consultar con un equipo de asesores fiscales profesionales.

En AYCE Laborytax estaremos encantados de atenderte y asesorarte en todo lo que necesites, ayudándote a cumplir siempre con tus obligaciones. ¡Contáctanos!