La Reciente Resolución de 22 de febrero de 2016, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2016, pretende impulsar las acciones de la Agencia Tributaria con el objeto de aumentar la prevención y la lucha contra el fraude fiscal como objetivos estratégicos fundamentales de la Agencia Tributaria.

Principalmente en la Resolución se definen los sectores o tipologías de fraude en las que la Agencia Tributaría centrará su atención, los sistemas de control de la recaudación efectiva de aquellos sujetos con deudas tributarias y el incremento en la cooperación entre la Agencia Tributaria y las Administraciones Tributarias de las Comunidades Autónomas.

Control Tributario y Aduanero

Sectores o tipologías de fraude en las que la Agencia Tributaria centrará su atención en 2016

1> Economía sumergida

Se desarrollarán las siguientes líneas de actuación para combatir la economía sumergida:

a) Actuaciones de captación y explotación de información

  • Controlando aquellos negocios del denominado «software de ocultación» consistentes en el uso de programas y herramientas informáticas específicas para la ocultación de ventas y manipulación de la contabilidad.
  • Detección de la voluntad expresa y deliberada de defraudar a la Hacienda Pública mediante la infradeclaración de ventas respecto de los niveles reales de facturación.
  • Incrementar la personación en las sedes para detectar estas situaciones, mediante acciones tendentes a realizar comprobaciones inspectoras convencionales y a efectuar verificaciones formales en determinados sectores.
  • Vigilar las actuaciones que se realizan especialmente en sectores económicos que son intensivos en el manejo de dinero en efectivo, ya sea porque realizan ventas directas a consumidores finales, ya porque forman parte de cadenas de distribución al por mayor para otros obligados que venden al público.

b) Aumento de los sistemas de actuaciones de captación y explotación de información:

Mediante la estrecha actuación de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude, se potenciará la transferencia de información cruzada entre las diferentes bases de datos de las distintas Administraciones Públicas y estudio de todas las transmisiones de bienes inmuebles para contrastar su consistencia con las declaraciones presentadas a la Agencia Tributaria, así como la ejecución de actividades conjuntas entre la Agencia Tributaria y la Inspección de trabajo y seguridad social.

c) Actuaciones presenciales:

  • Potenciando las actuaciones efectivas en el apoyo a las auditorías informáticas y verificación de los programas de gestión.
  • Verificando la situación censal de obligados tributarios en las visitas.
  • Actuaciones en el sector servicios enfocadas al descubrimiento de actividades y rentas ocultas en negocios que total o parcialmente participen de la economía sumergida
  • Vigilar los sujetos que ceden de forma opaca total o parcialmente viviendas por internet u otras vías.
  • Control de aquellas empresas turísticas regulares que no cumplen debidamente sus obligaciones fiscales. Asimismo, se realizarán actuaciones presenciales para la detección de alquileres irregulares no declarados.
  • Coordinación a nivel nacional para combatir las prácticas irregulares de venta al público que utilicen técnicas de ocultación.
  • Limitación de pagos en efectivo.
  • Incrementar las actuaciones en el ámbito de la importación de bienes, tanto en los márgenes reales de la actividad en el marco del sistema de declaración del IVA a indicios de realización de actuaciones fraudulentas tanto en el proceso de importación como de distribución posterior.
  • Control de los productos sujetos a los Impuestos Especiales

2> Investigación de patrimonios y de rentas en el exterior

Investigando todas las desviaciones de rentas al exterior así como la ocultación de patrimonios en el exterior, a través de estructuras opacas.

Incremento de la cooperación internacional, destacando la Ley de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras que permitirá que en el año 2016 se desarrolle de modo efectivo el intercambio automático de información de cuentas financieras con los Estados Unidos de América.

3> Planificación fiscal internacional

España ha participado activamente en el desarrollo de las 15 líneas de actuación del Plan de Acción en que se concretó el Proyecto BEPS (en sus siglas inglesas: Base Erosion and Profit Shifting) de los países de la OCDE y del G20.

Algunas de las actuaciones tendentes a la prevención del fraude fiscal internacional por medio de:

  • Control de las operaciones de los contribuyentes con residencia fiscal en España que se sirvan de instrumentos o estructuras híbridas, o de otros instrumentos de planificación fiscal agresiva.
  • Vigilancia en los casos de adquisición de participaciones con apalancamiento, fundamentalmente cuando quede acreditado que la operación tiene como finalidad principal generar gastos financieros.
  • Control de operaciones realizadas con territorios de fiscalidad ventajosa, en especial en relación con la verificación de la tributación de las operaciones realizadas con personas o entidades residentes en paraísos fiscales
  • Seguimiento y control de las «conduit companies» (sociedades interpuestas para obtener los beneficios de un Convenio).
  • Análisis de establecimientos permanentes radicados en España para aquellos contribuyentes que tributan como no residentes sin establecimiento permanente, especialmente grupos multinacionales con presencia en España.
  • Comprobación de actividades realizadas en España por no residentes
  • Control, en materia de precios de transferencia, de operaciones de reestructuración empresarial complejas.
  • Potenciar la cooperación internacional.

4> Economía digital

  • Análisis de riesgo de operadores de comercio electrónico
  • Captación de la información en Internet sobre los operadores de riesgo, en cuestiones como los nombres de los dominios utilizados por cada empresa y los indicadores de la condición de anunciante de los obligados tributarios.
  • Análisis de las redes sociales y detección en estas de patrones de fraude.
  • Comprobación de las empresas que ofrecen servicios en internet por el sistema de marketing de afiliación.

5> Prestación de servicios de alto valor

Se potenciará la selección de los contribuyentes que a partir de signos externos de riqueza en los casos en los que dichos signos no resulten acordes con su historial de declaraciones de renta o patrimonio preexistentes

6> Fraude organizado en IVA

  • Control de aquellas estructuras organizadas de fraude, se considera de vital importancia dotar de continuidad a la detección y regularización de aquellas operaciones fraudulentas dirigidas a dificultar la exigencia de responsabilidades tributarias a los titulares de las sociedades.
  • Evitar aparición de tramas en sistemas de fraude en el impuesto en operaciones intracomunitarias.
  • Control sobre los depósitos fiscales y depósitos distintos de los aduaneros con el objeto de evasión fiscal
  • Detección de esquemas de compras masivas de sociedades por precios simbólicos.
  • Control en el reembolso del IVA soportado en las adquisiciones de bienes efectuadas por los viajeros no residentes

7> Control sobre operaciones, regímenes jurídico-tributarios, obligados tributarios y sectores de actividad específica

Principalmente se controlarán las grandes empresas acogidos al régimen de diferimiento de las cuotas de IVA a la importación o al régimen de tributación consolidada de grupos fiscales, así como aquellos contribuyentes en régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre IRPF, y las fundaciones y entidades sin ánimo de lucro con el objeto de evitar supuestos de utilización abusiva del régimen fiscal especial.

8> Control de productos objeto de Impuestos Especiales

Se potenciarán los controles en el ámbito de los Impuestos Especiales sobre la Fabricación, la Electricidad y el Carbón, así como el control sobre la vigencia de las autorizaciones de los establecimientos.

9> Control de Impuestos medioambientales

Se establecerán controles en el ámbito del impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero, Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, Impuestos sobre la producción de combustible nuclear, residuos y almacenamiento.

10> Control aduanero

Se aplicará a partir del próximo 1 de mayo de 2016 el nuevo Código Aduanero de la Unión (CAU). El nuevo marco jurídico incorpora numerosas simplificaciones y establece nuevos requisitos para las autorizaciones de las distintas figuras aduaneras.

11> Prevención y represión del contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales

La Agencia Tributaria tendrá como objetivo no solo de descubrir e interceptar las mercancías sino principalmente de desmantelar logística y financieramente las redes organizadas.

Control del fraude en fase recaudatoria

  • Aseguramiento del cobro efectivo de las deudas
  • Impulso de las acciones judiciales civiles o penales contra las acciones que impidan el pago de las deudas tributarias.
  • Actuación contra fraudes complejos con el aumento de un mayor número de vaciamientos patrimoniales, promoviendo la posible entrada en prisión del obligado tributario.
  • Mejora de los tiempos medios de gestión de deuda.
  • Seguimiento de forma diferenciada de las medidas cautelares que se adopten sobre bienes y derechos del obligado tributario.
  • Transformación de la figura del aplazamiento o fraccionamiento de deudas para que esta tenga un carácter excepcional.

Colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones Tributarias de las Comunidades Autónomas

De forma general, continuarán los intercambios de información sobre los datos censales más relevantes de los obligados tributarios a través del Censo Único Compartido, base de datos consolidada de información censal obtenida por las Administraciones Tributarias autonómicas y estatal.

Particularmente se incrementará la planificación coordinada y cooperación en:

  1. Control global de las deducciones sobre el tramo autonómico del IRPF.
  2. Impuesto sobre el Patrimonio correspondiente a ejercicios no prescritos.
  3. Operaciones inmobiliarias significativas.
  4. Operaciones societarias más relevantes declaradas exentas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  5. Cumplimiento de los requisitos para disfrutar de determinados beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
  6. Cumplimiento de los requisitos para la aplicación del régimen fiscal de las
  7. Domicilios declarados y sus modificaciones.