Despedir a un empleado nunca es plato de buen gusto y, de hecho, aunque no estés contento con el rendimiento de un trabajador, no siempre estás en disposición de despedirle. De hecho, en más de una ocasión se ha querido despedir a un trabajador, y no han existido argumentos válidos para ello. ¿Significa eso que no puedes despedir a un trabajador? Ni mucho menos, y a continuación te vamos a contar las principales causas de despido procedente con las que podrás finalizar la relación con un trabajador y tu empresa, de manera totalmente legal.

Todas las causas para despido a paro que mostramos a continuación están recogidas en el Estatuto de los Trabajadores y por tanto, generan un despido justificado.

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¿Cuáles son las causas de despido procedente para terminar la relación con un trabajador?

Al hablar de las causas de despido procedente con derecho a paro tenemos que diferenciar entre dos grandes grupos: las causas disciplinarias y las causas objetivas del despido procedente. La principal diferencia entre ellas está en la indemnización que recibirá el trabajador.

Si se trata de un despido por causas disciplinarias no habrá que pagar indemnización, más allá de la parte de la nómina que no esté prorrateada y los días libres no disfrutados, mientras que si se trata de un despido por causas objetivas, habrá que pagar al trabajador una indemnización de 20 días por cada año trabajado.

Estas son las causas de despido procedente de la reforma laboral:

Despido procedente por causas disciplinarias

Un despido disciplinario podría llevarse a cabo cuando el empleado incumpla gravemente su contrato, así como las normas establecidas por la empresa. Estas son algunas de las principales causas disciplinarias de despido procedente:

> Faltas de asistencia al puesto de trabajo o impuntualidad

Las faltas de asistencia al puesto de trabajo o la impuntualidad reiterada son causas de despido disciplinario de un empleado. Para no cometer errores, lo mejor es revisar el convenio colectivo de la empresa, donde aparecerán los días y los espacios temporales que deberá incumplir un trabajo para poder despedirle de manera procedente.

> Faltas de respeto o agresiones

Las faltas de respeto y las agresiones a compañeros o superiores también pueden tener como consecuencia el despido disciplinario. Eso sí, ni todas las faltas de respeto ni agresiones son merecedoras de despido, por lo que dependerá de la gravedad de la agresión, así como de las circunstancias en la que se ha llevado a cabo.

> Bajo rendimiento de trabajo

Un bajo rendimiento continuado y voluntario por parte del trabajador, siempre y cuando se le comunique previamente con un mínimo de tres apercibimientos, también es causa de despido disciplinario.

> Visitar páginas web ajenas al trabajo en horario laboral

La visita de páginas web ajenas al trabajo en horario laboral es una de las principales causas de despido procedente, aunque es necesario analizar cada caso de manera particular, así como contar con un protocolo en la empresa que marque las pautas del uso de Internet.

Ante cualquiera de estos episodios, la empresa podría prescindir de los servicios de un trabajador a través de un despido disciplinario. Será necesario explicar los hechos por escrito, así como la fecha de efecto del despido, que no podrá superar los 60 días desde que se tuvo conocimiento de estas faltas.

Despido procedente por causas objetivas

Las causas objetivas de despido procedente están recogidas en el artículo 52.2 del Estatuto de los Trabajadores, y dan pie a una empresa a finalizar la relación laboral con un empleado.

> Ineptitud o incapacidad del trabajador

Si un trabajador muestra ineptitud o incapacidad para desarrollar su tarea, sería una causa objetiva de despido procedente, independientemente de que el trabajador conociese o no la tarea antes de comenzar su relación con la empresa.

> Falta de adaptación

Si se considera que un trabajador no se ha adaptado correctamente a su puesto de trabajo, a la dinámica de la empresa o a los compañeros, se podría proceder a despedirle de manera procedente. No obstante, es obligatorio conceder un plazo de dos meses, así como los medios necesarios para facilitar su adaptación.

> Despido procedente por causas económicas

También podría darse el despido procedente por causas económicas de un empleado si la empresa alega el despido a razones económicas, técnicas u organizativas, que hacen imposible el mantenimiento de su puesto de trabajo. Cuando esto ocurra, la empresa debería poder demostrar esas razones.

> Absentismo laboral

El absentismo laboral también podría propiciar el despido de un trabajador. Con absentismo laboral nos referimos que las faltas de asistencia al trabajo superen el 20% de las jornadas hábiles durante dos meses seguidos, o el 25% durante cuatro meses alternos, dentro de un año. En este caso, no importaría las faltas hayan sido justificadas por el trabajador.

Para proceder a un despido objetivo, habrá que avisar al trabajador con 15 días de antelación y explicarle las causas objetivas en una carta de despido procedente , para que así disponga de tiempo suficiente para buscar un nuevo empleo.

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