Calendario del contribuyente: febrero de 2019

Te traemos el calendario del mes de febrero para que puedas recordar el cumplimiento de las obligaciones estatales que corresponden a éste mes.

Obligaciones tributarias más destacadas del mes de febrero de 2019

A continuación reproducimos las principales obligaciones tributarias del mes de febrero:

>> Hasta el 20 de febrero

RENTA Y SOCIEDADES

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

Correspondientes al mes de Enero 2019, las Grandes empresas deben presentar los siguientes modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL

Correspondiente al cuarto trimestre de 2018. Declaración trimestral de cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito: 195

Declaración anual 2018. Identificación de las operaciones con cheques de las entidades de crédito, correspondiente al modelo 199

IVA

Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias de enero de 2019, correspondiente al modelo 349

Operaciones asimiladas a las importaciones de enero de 2019, correspondiente al modelo 380.

Calendario del contribuyente: febrero de 2019

>> Hasta el 28 de febrero

IVA

Enero 2019. Autoliquidación de enero de 2019. Modelo 303

Grupo de entidades, modelo individual correspondiente a enero de 2019: 322

Grupo de entidades, modelo agregado correspondiente a enero de 2019: 353

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Entidades cuyo ejercicio coincida con el año natural: opción/renuncia a la opción para el cálculo de los pagos fraccionados sobre la parte de base imponible del período de los tres, nueve u once meses de cada año natural: Modelo 036

Si el período impositivo no coincide con el año natural, la opción/renuncia a la opción se ejercerá en los primeros dos meses de cada ejercicio o entre el inicio del ejercicio y el fin del plazo para efectuar el primer pago fraccionado, si este plazo es inferior a dos meses.

 


Si tienes cualquier duda al respecto a las tributaciones correspondientes al mes de febrero, puedes ponerte en contacto con nuestros asesores, en cualquiera de nuestras oficinas, para que te ayudemos a resolverla cuanto antes.