Calendario del contribuyente en agosto 2020

Normalmente, agosto es el mes en el que más españoles están de vacaciones, disfrutando de unos días de desconexión del trabajo y en los que olvidarse de las obligaciones laborales. Pero aunque se esté de vacaciones, hay que seguir cumpliendo con las obligaciones estatales correspondientes al mes de agosto.

Por ello, para evitar despistes, a continuación te dejamos el calendario del contribuyente en agosto 2020, en el que repasamos las diferentes obligaciones tributarias que hay que cumplir, y la fecha máxima para hacerlo.


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Calendario del contribuyente: obligaciones tributarias que hay que cumplir en agosto 2020

Hasta el 20 de agosto

> Renta y Sociedades

Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

Impuestos a las grandes empresas. Presentación de los modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216 y 230. Correspondiente al mes anterior (julio 2020).

> IVA

Operaciones asimiladas a las importaciones, realizadas en el mes de julio 2020: modelo 380.

> Impuestos especiales de fabricación

  • Grandes empresas: modelos 553, 554, 555, 556, 557 y 558. Correspondiente desde Mayo 2020
  • Grandes empresas: 561, 562 y 563. Correspondiente desde Mayo 2020
  • Modelos: 548, 566 y 581. Correspondiente desde Julio 2020
  • Segundo trimestre de 2020: Excepto grandes empresas: 553, 554, 555, 556, 557, 558.
  • Segundo trimestre de 2020: Excepto grandes empresas: 561, 562, 563.
  • Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: modelo 510

(*) Fábricas y Depósitos fiscales que hayan optado por suministrar los asientos contables correspondientes al primer semestre de 2020 a través de la Sede electrónica de la AEAT entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2020.

> Impuestos especiales sobre la electricidad

  • De grandes empresas: modelo 560. Correspondiente a julio 2020

Hasta el 31 de agosto

> IVA

  • Autoliquidación: modelo 303. Correspondiente a julio 2020
  • Grupo de entidades, modelo individual: modelo 322. Correspondiente a julio 2020
  • Grupo de entidades, modelo agregado: modelo 353. Correspondiente a julio 2020

Calendario del contribuyente en agosto 2020

Estas son todas las obligaciones tributarias que hay que cumplir durante el mes de agosto de 2020. Si lo deseas, puedes acceder al calendario del contribuyente durante el mes de agosto aquí.

Y si tienes cualquier duda al respecto y no sabes qué impuestos debes presentar durante el mes de agosto, nuestros asesores fiscales están a tu disposición para ayudarte en todo lo que necesites.