
El pasado 30 de julio de 2025, se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 9/2025, una norma de gran calado que modifica el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley General de la Seguridad Social, completando la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, sobre conciliación de la vida familiar y laboral.
Principales novedades del Real Decreto-ley 9/2025
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Ampliación del permiso por nacimiento y cuidado:
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Se incrementa de 16 a 19 semanas el permiso para cada progenitor.
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Las dos últimas semanas son flexibles, pudiendo disfrutarse de forma acumulada o interrumpida hasta que el menor cumpla 8 años.
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En familias monoparentales, el permiso se amplía a 32 semanas, equiparando así la protección del menor con respecto a las familias biparentales.
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Retribución íntegra durante todo el permiso:
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Para personas trabajadoras por cuenta ajena la prestación del permiso la cubre al 100% la Seguridad Social. La empresa debe mantener el puesto de trabajo y pagar las cotizaciones a la Seguridad Social de la persona empleada
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Para autónomos si la baja es de al menos un mes se aplica una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, calculada sobre la base media de cotización de los 12 meses anteriores. Si el autónomo lleva menos de 12 meses dado de alta, se calcula desde la fecha de alta.
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Reconocimiento del permiso parental como derecho individual e intransferible:
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Cada persona trabajadora conserva su derecho al permiso de forma independiente, sin posibilidad de cederlo al otro progenitor.
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- Aplicación retroactiva:
- Las dos semanas adicionales por cuidado parental podrán solicitarse con efectos desde el 2 de agosto de 2024, aunque se habilita su disfrute a partir del 1 de enero de 2026, sin necesidad de nueva resolución.
Desde AYCE Laborytax, te acompañamos en la adaptación a estos importantes cambios, tanto si eres empresa como persona trabajadora. Te ayudamos a gestionar correctamente permisos, cotizaciones, prestaciones y planificación de recursos humanos en este nuevo contexto legal.
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