Desde el 14 de mayo de 2024, todas las personas que tengan contratada a una persona trabajadora del hogar están obligadas a realizar una evaluación formal de los riesgos laborales en el domicilio donde se presta el servicio.

Esta medida, establecida por el Real Decreto 893/2024, convierte en una obligación legal lo que hasta ahora era una recomendación técnica. Su aplicación práctica se facilita mediante la nueva herramienta digital del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), disponible en www.prevencion10.es.

Plazo para cumplir con la obligación

El plazo para realizar la evaluación finaliza el 14 de noviembre de 2025.
Durante este periodo, el empleador deberá:

  1. Evaluar el entorno doméstico donde se presta el trabajo.

  2. Generar el informe de riesgos laborales correspondiente.

  3. Implementar las medidas preventivas necesarias.

El incumplimiento de esta obligación puede considerarse una infracción administrativa y conllevar sanciones económicas, aún no detalladas en la norma. Además, ante un accidente o conflicto laboral, no disponer de esta evaluación podría dejar al empleador en una posición jurídica desfavorable.

¿Qué ha cambiado con el Real Decreto 893/2024?

Hasta la aprobación de esta norma, el trabajo doméstico quedaba fuera de la aplicación práctica de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995).
Con la nueva regulación, el hogar pasa a considerarse un espacio de trabajo que también debe garantizar la seguridad y salud de la persona empleada.

Este cambio es especialmente relevante en tareas que implican:

  • Riesgos físicos, como caídas o manipulación de cargas.

  • Uso de productos químicos de limpieza.

  • Atención a personas dependientes o con movilidad reducida.

Consecuencias de no cumplir la normativa

No realizar la evaluación de riesgos en el hogar puede considerarse una infracción administrativa. Además, ante un posible accidente laboral, la falta de este documento podría implicar una mayor responsabilidad legal para el empleador.

Por tanto, se recomienda iniciar cuanto antes el proceso de evaluación y registro en la plataforma habilitada por el INSST para garantizar el cumplimiento dentro del plazo legal.

Próximas novedades normativas

El Real Decreto 893/2024 también prevé nuevas medidas complementarias:

  • La creación de un protocolo frente al acoso y la violencia en el ámbito del empleo doméstico (previsto antes de octubre de 2025).

  • Nuevas disposiciones sobre reconocimientos médicos y prevención sanitaria.

  • La obligación de registrar la jornada laboral en el sector doméstico, según la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sentencia C-531/23).

Conclusión

La prevención de riesgos laborales en el hogar se convierte en una obligación legal para los empleadores domésticos.
Este cambio normativo refuerza la protección de las personas trabajadoras del hogar y exige a los empleadores asumir una gestión responsable de la seguridad laboral en el ámbito doméstico.

En AYCE Laborytax asesoramos a particulares y empresas en el cumplimiento de las nuevas obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales.
Si necesitas ayuda para realizar la evaluación o interpretar los requisitos del Real Decreto 893/2024, nuestro equipo puede orientarte en cada paso del proceso.